Europa Press | 01.10.2021 13:07
El pasaporte COVID se convierte en requisito para acceder a las discotecas y salas de fiestas del archipiélago. Esta era la pretensión del Govern que ha avalado el Tribunal Superior de Justicia de las islas.
El TSJIB concluye que, tanto la documentación como la motivación aportada por el ejecutivo balear, justifican "suficientemente" la solicitud de autorización, que la comprenden por "idoneidad, necesidad y proporcionalidad".
De esta forma, a partir del próximo viernes ocho de octubre, será necesario acreditar que su portador ha sido vacunado contra el coronavirus, ha superado la enfermedad o cuenta con una prueba de detección negativa.
La resolución del TSJIB allana el camino para la reapertura del ocio nocturno. Si bien, se mantienen las limitaciones que contemplaba el acuerdo adoptado por el Consell de Govern. Es decir: la mascarilla será obligatoria en las pistas de baile mientras el consumo de bebidas se realizará en mesa y seguirá prohibido en barras. Además, el horario de cierre se establece a las cinco de la madrugada y el aforo de los locales no podrá superar el 75 por ciento.