Litigio con Cataluña

La juez paraliza el nuevo juicio por las pinturas de Sijena

La vista no se celebrará hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el recurso catalán contra la sentencia que da la razón a Aragón y que obliga a reintegrar las pinturas en la localidad oscense.

Redacción

Zaragoza | 27.09.2021 13:43

Imagen de las pinturas murales de la Sala Capitular del monasterio oscense | Agencias

La titular del juzgado de instrucción número 2 de Huesca ha decidido no celebrar un nuevo juicio relacionado con las pinturas murales del monasterio de Villanueva de Sijena, a la espera de que el Tribunal Supremo resuelva el recurso presentado por Cataluña a la sentencia que ordena la devolución de esos valiosos frescos románicos.

La juez ha dejado en suspenso el procedimiento, en base al litispendencia, por existir un proceso previo pendiente de resolución, con el objetivo de evitar que puedan emitirse sentencias contradictorias.

SOLICITUD DE CATALUÑA

Cataluña solicitaba un nuevo juicio, independiente del anterior, centrado en el contrato de comodato, o de préstamo indefinido de las pinturas, firmado en 1992 por la priora del convento Sanjuanista de Valldoreix y la Generalitat. El abogado del ejecutivo catalán, cree que no fue convenientemente abordado en la vista anterior y sostiene que tiene validez legal. Además, recuerda que las partes personadas en aquel momento eran otras, por lo que no comparte la decisión de la juez.

El abogado de Villanueva de Sijena, ya manifestó que la demanda planteada por la Generalitat contra las monjas del cenobio no tendría mucho recorrido. Cree que con este movimiento, el gobierno catalán solo buscaba dilatar el proceso y retrasar la devolución de las pinturas, actualmente expuestas en el MNAC.

VISTA PREVIA

En la vista previa celebrada hoy para preparar ese juicio que no se celebrará, al menos de momento, la Generalitat ha manifestado dudas sobre los representantes legales de la orden Sanjuanista y sobre el papel del ayuntamiento de Villanueva de Sijena en el procedimiento, ya que el asunto patrimonial excede de sus competencias.