Tras la aprobación hace unas semanas en Junta de Gobierno Local del proyecto de reparcelación, ahora los promotores han de elaborar el de urbanización. En la Tenencia de Alcaldía de la localidad esperan que lo hagan y lo presenten este mismo año. Los 95.160 metros cuadrados que ocupan los terrenos están divididos en dos grandes áreas; la que está por encima de avenida Oriental será para viviendas; más de 300 de renta libre y 143 de promoción pública según ha detallado a Onda Cero el responsable municipal, Javier García.
El otro lado se reserva para las dotaciones públicas, algunas ya cedidas hace años como la del colegio María Teresa León. Es el sitio donde la Junta construirá el intercambiador de autobuses con espacio también para lo que sea necesario.
La Tenencia confía en poder disponer pronto del suelo destinado a las dotaciones públicas.
Algunos vecinos de la comunidad de propietarios de la urbanización Torre Bermeja, en Estepona, han denunciado a su presidente después de que se haya puesto un sueldo de 86.700 euros además de haberse eximido de pagar las cuotas, lo que se traduce en unos 6.000 euros más de los que se pretende librar.
Toda esta historia que está en manos del Juzgado de Primera Instancia de la localidad esteponera, surge el pasado 29 de junio cuando en la habitual Junta General Ordinaria que se reúne anualmente, Stephen Hills, que es como se llama el polémico protagonista, aprobó atribuirse un salario que es similar, por ejemplo, al del presidente de la Junta de Andalucía. También se dio el visto bueno a que no tuviera que abonar las cuotas mensuales para el mantenimiento del conjunto residencial.
Hills logró sacar adelante estos puntos del acta de la reunión porque como en otras ocasiones, contó con el voto delegado de un buen número de propietarios, la mayoría de ellos extranjeros, que no suelen estar cuando se convoca la Junta General Ordinaria de la comunidad.
El pasado 1 de septiembre un vecino solicitó al Juzgado de Primera Instancia de Estepona la impugnación del acuerdo adoptado en junio por la junta de propietarios, así como la nulidad del mismo por ser contrario a los estatutos de la comunidad demandada y a la Ley de Propiedad Horizontal.