El juez rechaza que exista un menoscabo del derecho a la vida ni a la integridad física o moral de los residentes, es decir, rechaza daño moral e indemnizar a este respecto, pero sí les concede a los recurrentes 13.440 euros anuales desde el dictado de la sentencia y hasta la solución de "la perturbación ruidosa" en el entorno de la plaza, habitual punto de reunión de jóvenes y no tan jóvenes, desde hace años, habida cuenta de la cantidad de negocios de copas que se ubican en tal espacio.Se estima que la mencionada cifra es la adecuada, atendiendo "al enorme número de días al año que se hace uso de esa calle y plaza de forma indebida por los bares y establecimientos de ocio". El magistrado considera que se han menoscabado durante años "los derechos fundamentales de los residentes en cuanto a la intimidad personal y familiar y la inviolabilidad domiciliaria por la inactividad municipal respecto al control de ruidos por los establecimientos de ocio en la calle Luis de Velázquez y la plaza Marqués del Vado Maestre".
El juez ordena al Ayuntamiento que cumpla y haga cumplir la normativa vigente sobre control de ruídos, con el fin de que estos no excedan los límites reglamentarios, adoptando los acuerdos pertinentes y ejecutándolos. Y lo que probablemente es más importante: se pide "la inmediata clausura de los locales" que no cumplan la reglamentación, la adopción de medidas correctoras, incluso la anulación de las licencias otorgadas.Entre algunas de las valoraciones del juez, destacan, por ejemplo, cuando confiesa sentir "sonrojo" por el traslado o "peloteo" de las denuncias de un departamento a otro o, directamente, "una inactividad en cuanto a los mismos". El juez se confiesa, además, "sobrecogido" al constatar el "ruido escandaloso que se percibe con solo abrir una ventana o balcón" y critica que uno de los empleados de los locales ni siquiera trata de controlar la situación. "
El Ayuntamiento dice respetar la sentencia y anuncia un recurso, "ya que esta no ha tenido en cuenta ninguna de las acciones municipales llevadas a cabo, especialmente desde 2015, para controlar el ruido mediante inspecciones y sanciones (algunas de las cuales condujeron al cierre de establecimientos), además de los efectos de la declaración de la Zona Acústicamente Saturada (ZAS)". Aclara el consistorio que el Defensor del Pueblo archivó en 2018 un expediente de queja abierto a instancias de los mismos recurrentes que aludía a ruido en esta misma zona.
Asimismo, "el Ministerio Fiscal, al igual que el Ayuntamiento, ha defendido en el juicio que no se ha producido vulneración alguna de derechos fundamentales". Por último, asegura el Consistorio que la situación en las calles Luis de Velázquez y Marqués del Vado Maestre (Plaza Mitjana) "ha cambiado respecto al momento en que los recurrentes acudieron a los tribunales, en primer lugar por la acción municipal, y también gracias a que la iniciativa privada va a abrir al público locales cuyo impacto acústico será mucho menor y cambiará el modelo de ocio en la zona". Pese a que se recurrirá la sentencia, el Ayuntamiento asegura que procederá en los próximos días a levantar acta de la situación actual de la zona y a hacer nuevas mediciones".
Medina aseguró en Más de Uno que "hace falta un esfuerzo de parte de todos. Trabajaremos en nuevas campañas de concienciación y seguiremos en esa línea. El Ayuntamiento hace lo que debe hacer y cumple con su deber", dijo