El juez ordena la entrada en prisión de Juana Rivas
Después de que el Tribunal Supremo confirmase la condena de 2 años y medio de cárcel para Juana Rivas, el Juzgado de Granada ha ordenado su entrada en prisión.
El Juzgado de lo Penal 1 de Granada ha ordenado la detención y entrada en prisión de Juana Rivas, un mes después de que el Tribunal Supremo la sentenciase de manera firme a una pena de dos años y medio de cárcel. Rivas ha sido condenada por haber incumplido régimen de la custodia de sus hijos al no habérselos entregado en verano de 2017 a su padre, el italiano Francesco Arcuri.
El juez Manuel Píñar de esta sala ha dispuesto en el auto que "no ha lugar" a la suspensión de la pena de la condenada, por lo que ordenaba su arresto y entrada en la prisión, librando oficio a las fuerzas de seguridad para que, en un periodo de tiempo de no más de 15 días, presenten en el juzgado a la condenada.
Como la pena a la que ha sido condenada por el Tribunal Supremo es superior a dos años, el juez ha denegado su suspensión.
Indemnización de 12.000 euros
Además, Rivas tendrá que aportar una indemnización de 12.000 euros y se procederá a privarle de la patria potestad de sus hijos durante seis años en el Registro Civil.
Queda esperanza en el indulto
El abogado, Carlos Aránguez, considera que esta decisión es "muy injusta" y, como todavía no se ha resuelto el indulto que habían pedido al Gobierno, ha anunciado que este jueves presentará un recurso contra el auto del juez Manuel Píñar.
De esta manera, la defensa de Juana Rivas quiere dejar "sin efecto" la entrada en prisión de la condenada "en tanto se resuelva el mencionado indulto".
¿Por qué ha sido condenada?
El verano del 2017 Juana Rivas tenía que devolverle los hijos a su ex pareja y padre de los niños, Francesco Arcuri, pero no ocurrió así. Rivas estuvo en paradero desconocido junto a los pequeños durante un mes, ya que se negaba a dejarle a los niños al italiano al que había denunciado por maltrato en 2009 y 2016.
Un mes más tarde, Juan Rivas entregó a los dos menores en Granada, después de que el padre presentase varios requerimientos y denunciase su desaparición.
Estos hechos llevaron a la Audiencia de Granada y al Juzgado de lo Penal número 1 de Granada a condenarla por dos delitos de sustracción de menores, uno por cada niño, ya que había incumplido las resoluciones judiciales que la obligaban a devolverle los niños a su padre.
Finalmente, este mes de abril de 2021, el Tribunal Supremo ha ratificado la condena de dos años y medio de prisión además de la pérdida de la patria potestad, a pesar de que el artículo 225 bis del Código Penal siempre se refiere al "menor", en singular.