LEY DE NIETOS Y ELECCIONES GENERALES

Gisela García Hípola, politóloga de la UGR, sobre la ley de nietos: «Es muy peligroso limitar un derecho fundamental»

La profesora de Ciencia Política de la Universidad de Granada considera «peligroso» que se limite el derecho al voto de parte de los españoles que obtuvieron la nacionalidad a través de la llamada ley de nietos. La decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión cautelar de esos sufragios afecta a un colectivo cuyo peso electoral ha crecido en Granada, donde el censo de españoles residentes en el extranjero ha aumentado un 16%, con 9.258 electores más.

Redacción

Granada |

La experta en comportamiento electoral advierte de que no se puede presuponer a qué partido votarán estas personas y sostiene que cualquier posible irregularidad debe demostrarse. A su juicio, más allá del efecto que pueda tener en el reparto de escaños, limitar este derecho puede erosionar el Estado de derecho.

La aplicación de la reforma de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, ha incrementado el censo de españoles residentes ausentes (CERA) en la provincia de Granada. Según los datos expuestos durante la entrevista, el aumento alcanza el 16%, lo que se traduce en 9.258 electores más.

Uno de los ejemplos más llamativos es el de Murtas, en la Alpujarra granadina, donde el censo electoral en el extranjero supera ampliamente al de residentes en España. Según las cifras del Instituto Nacional de Estadística citadas en la entrevista, el municipio cuenta con 1.067 electores inscritos en el extranjero, frente a 332 residentes en el país.

Este peso del voto exterior ha abierto el debate sobre su posible influencia en las próximas elecciones generales y sobre el impacto que podría tener la suspensión cautelar para parte de los nuevos nacionalizados.

«Es muy peligroso limitar un derecho fundamental»

García-Hípola ha calificado de «peligrosa» la decisión judicial y ha cuestionado que se pueda restringir un derecho fundamental sin una justificación jurídica suficientemente sólida.

«Si usted es nacional de un Estado, usted puede votar, resida donde resida», ha señalado la profesora, que recuerda que algunas de las personas afectadas ya han participado en anteriores procesos electorales.

La politóloga considera que cualquier restricción de este tipo debe estar debidamente justificada y apunta a la necesidad de que los juristas expliquen los fundamentos de la decisión y las posibles vías de recurso.

En su opinión, no se puede privar preventivamente del derecho al voto a un colectivo por la posibilidad de que se produzca una irregularidad. Si existen indicios de alteraciones en el censo o de fraude electoral, sostiene, deben investigarse y acreditarse.

¿Puede cambiar el voto exterior el reparto de escaños en Granada?

Una de las cuestiones que rodean la polémica es la posible repercusión electoral de estos sufragios. Durante el debate se ha planteado incluso la posibilidad de que el séptimo diputado en juego en Granada, de los once que elige la provincia para el Congreso, pudiera depender del resultado del voto exterior.

Sin embargo, García-Hípola pide prudencia ante este tipo de previsiones. «Presuponer que van a ser todos para Pedro Sánchez es mucho suponer», ha afirmado, en referencia a las interpretaciones que atribuyen estos votos a una determinada formación política.

La profesora recuerda que el electorado es plural y heterogéneo y que el voto es secreto. Por ello, considera que no se puede dar por hecho que las personas que han adquirido la nacionalidad española a través de esta vía vayan a apoyar a un partido concreto.

Además, distingue entre la posible repercusión de estos sufragios en el reparto de escaños y el debate jurídico sobre la suspensión del derecho al voto. Aunque el efecto electoral pudiera ser limitado, advierte de que la restricción de un derecho fundamental tendría consecuencias para las garantías democráticas.

Murtas, un ejemplo del peso del voto exterior en la provincia

El municipio alpujarreño de Murtas ilustra la relevancia que puede alcanzar el censo exterior en determinadas localidades granadinas. Con 1.067 electores residentes en el extranjero y 332 en España, la diferencia refleja el peso de los españoles que viven fuera del país en su composición electoral.

No obstante, la procedencia de estos electores no permite anticipar su comportamiento en las urnas. García-Hípola insiste en que las estimaciones sobre a qué partido votarán no sustituyen a los datos reales, que permanecen protegidos por el secreto del sufragio.

La experta concluye que el debate no debería centrarse únicamente en qué formación política podría resultar beneficiada o perjudicada. A su juicio, la cuestión fundamental es cómo garantizar los derechos electorales y actuar ante posibles irregularidades sin restringirlos de forma preventiva.