En su discurso, el nuevo secretario de estado también apuntó que “el calendario no admite ninguna tregua. Tenemos en cuatro meses los Juegos Olímpicos de Tokyo” y añadió que, “a esta primera exigencia tenemos que añadir el ser capaces de gestionar los fondos del deporte que supondrá invertir más de 300 millones de euros durante los próximos años”. Muchos y muchas volvieron a echar de menos que en ese calendario no apareciera en titulares la implementación de la liga profesional de fútbol femenino para la próxima temporada.
La contrarreloj para saber si el fútbol femenino será de verdad profesional la temporada 21/22 ha arrancado y todas las partes saben que se tienen que dar una serie de pasos innegociables, salvo que hubiera una nueva Ley del Deporte, pero ese cambio legislativo no permitiría, por plazos, cumplir lo prometido.
1. Calificar como profesional la competición. Según los artículos 8.e), 10.2.f) y 46.2 de la Ley 10/1990, así como el artículo 6.6.f) del Real Decreto 460/2015, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, la calificación como profesional de una competición deportiva oficial y estatal es competencia de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes.
2. Constitución de la nueva Liga Profesional. Una vez sea calificada una competición oficial como profesional debe procederse a constituir una nueva entidad, denominada Liga Profesional, que será la encargada de organizar dicha competición en coordinación con la federación correspondiente, en este caso con la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), que perdería su condición actual de organizadora de la competición.
3. Creación de reglamentos y estatutos. La constitución de las Ligas Profesionales es reglada y sus estatutos y reglamentos deben ser enviados en un plazo de dos meses al Consejo Superior de Deportes para ser aprobados por su Comisión Directiva, previo informe de la federación correspondiente, según recoge el Real Decreto de Federaciones en su artículo 27.1.
4. Aprobación de los estatutos por parte del CSD. El Consejo tiene un plazo máximo de seis meses para su aprobación en Comisión Directiva y la consiguiente inscripción de la Liga Profesional y estatutos en el Registro de Asociaciones Deportivas del CSD.
Será con esa inscripción, y no antes, cuando el fútbol femenino tenga el reconocimiento oficial de profesional según recoge la Ley 10/1990 del Deporte.
Con todos estos datos surge una gran pregunta: ¿No hablar de la prometida profesionalización del fútbol femenino para el próximo curso fue un lapsus o tendrán que esperar las futbolistas a que haya una nueva Ley del Deporte?
La derrota de Irene Lozano en su batalla con el tridente formado por el ministro Rodríguez Uribes, Alejandro Blanco y Luis Rubiales, hace que algunos vean más cerca, lo segundo que lo primero.
Aunque Lozano anunció la pasada semana junto a la vicepresidenta Carmen Calvo, que el CSD convocará de forma urgente a la Comisión Directiva para calificar el fútbol femenino como profesional; ahora la última palabra, la tiene el Señor Franco.