El titular del Juzgado de Instrucción 1 de Barcelona afirma que "resulta contrario a toda ética que quien cometió unos actos idénticos a los de los posteriores presidentes pretenda personarse en la causa ejerciendo la acusación particular bajo el instrumento jurídico del FC Barcelona, como si este fuera una entidad abstracta con un 'yo' propio ajeno al de los directivos del club".
Añade que "no es admisible éticamente que Laporta acuse a los presidentes Rosell y Bartomeu por el delito de administración desleal, cuando existen indicios más que sobrados de que Laporta cometió los mismos hechos que los presidentes posteriores".
Dichos hechos consisten "en haber pagado el FC Barcelona abultadas cantidades de dinero a José María Enríquez Negreira por tratarse de uno de los vicepresidentes del Comité Técnico de Árbitros de la Real Federación Española de Futbol".
El juez rechaza el recurso presentado por el club contra la resolución del 26 de junio de 2023 en la que ya desestimaba su personación como acusación en la causa.