El Celta de Vigo ha decidido “de manera cautelar” apartar “provisionalmente” al delantero Santi Mina de los entrenamientos del primer equipo, después de que la Audiencia Provincial de Almería lo haya condenado a cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual a una mujer el 18 de junio del 2017 en Mojácar (Almería).
La entidad que preside Carlos Mouriño respeta “el derecho” de defensa del jugador, pero señala en su comunicado que se ve en la obligación de tomar medidas frente a aquellos hechos que “menoscaban de forma notoria la imagen del club y atentan directamente contra sus valores”, mostrando una vez más su “más absoluto rechazo” hacia el delito tipificado en la resolución judicial.
Por ello, el Celta ha decidido la apertura de un “expediente disciplinario” al jugador para "dilucidar sus responsabilidades laborales" a la vista de esta resolución.
El tribunal presidido por la magistrada Társila Martínez absuelve a Mina del delito de agresión sexual por el que el fiscal pedía ocho años de prisión y la acusación particular nueve años y medio de cárcel, condenándolo por un delito de abuso sexual por el que también le impone una orden de alejamiento de 500 metros respecto de la víctima durante 12 años y el pago de una indemnización de 50.000 euros.
Por su parte, David Goldar ha resultado absuelto del delito de agresión sexual que le imputaba únicamente la acusación particular, ya que la Fiscalía no ha actuado contra él en la causa, por el que también se enfrentaba a nueve años y medio de prisión.