OPINIÓN

Monólogo de Alsina: "Del debate jurídico a la gresca política"

Carlos Alsina reflexiona en su monólogo sobre la sentencia del Tribunal Constitucional que declara ilegal el confinamiento del año pasado al decretarse el estado de alarma en lugar del estado de excepción.

Carlos Alsina

Madrid | 15.07.2021 08:48

Con la maldita pandemia ocupando de nuevo el debate público en España: por los contagios, que siguen la escalada; por las restricciones ---vuelve el toque de queda para la mayoría de la población catalana---; y por el debate jurídico que nunca terminó de resolverse, y al que se añade ahora el revés que han encajado el Gobierno y el Parlamento: la reclusión domiciliaria del año pasado, decretada por Sánchez y avalada por el Congreso al prorrogarla, fue inconstitucional.

El paradójico contexto en el que se recibe la sentencia del Constitucional

Un par de consideraciones antes de recordarles lo que ha pasado en el Constitucional:

• Una, la paradoja ---al menos aparente--- en la que estamos: ¿para recluir a todos los ciudadanos en casa no basta con el estado de alarma pero para decretar el toque de queda en Barcelona, o en Valencia, no hace falta ni siquiera estado de alarma? La sentencia del Constitucional llega en un momento paradójico, cuando vuelven, sin estado de alarma, las reclusiones nocturnas obligadas.

• Y dos, ¿en qué consistieron las presiones que sufrió la vicepresidenta del Constitucional, Encarnación Roca, y que ella mismo denunció en el pleno? ¿Quién la presionó? O por afinar la pregunta: ¿quién, o quiénes, del Gobierno le insistieron en lo necesario que era que se alineara con las tesis del Gobierno? ¿Cómo de frecuente es que el poder ejecutivo intente meter la cuchara en las deliberaciones del Constitucional enarbolando la razón de Estado?

• Una tercera, si me permiten: ¿hacía falta que se le notara tanto al Gobierno el mal perder?

A la nueva ministra de Justicia, Pilar Llop (antes presidenta del Senado), le enchufaron ayer el plasma de la Moncloa para que leyera una declaración oficial con tono de discurso de Nochebuena.

"El Gobierno respeta pero no comparte"

El Gobierno respeta pero no comparte. A ver. Lo primero es una obligación. Y lo segundo, una evidencia. Respeta porque qué otra cosa va a hacer. Y no comparte, claro que no comparte. Sólo faltaría que el Gobierno compartiera que era inconstitucional lo que hizo, es decir, que se saltó la Constitución a sabiendas. Que el confinamiento salvara vidas no es un argumento jurídico, como sabe la ministra jueza. Que otros países recurrieran al mismo paraguas, tampoco. Lo que el Tribunal cuestiona no es el confinamiento, sino el instrumento elegido.

Dice que para poder recluirnos del todo se debió haber declarado el estado de excepción, no el de alarma. Es un matiz que igual a usted le deja frío ---más aún cuando la sentencia llega más de un año después y con escasos efectos---, pero la esencia del debate es ésta: prohibir a los ciudadanos circular por las vías públicas todo el tiempo y con carácter general, ¿es una limitación de nuestro derecho a movernos o es una suspensión de ese derecho? Lo segundo es más grave que lo primero y sólo lo ampara, según la sentencia, el estado de excepción, no el de alarma.

El Tribunal, en esto, da la razón a Vox y se la quita al Gobierno, que sale de la disputa jurídica tocado y desairado

La prueba de que es un criterio discutible es que, de los once magistrados, seis lo sostienen y cinco, no. Y sin que quepa esta vez atribuir a la ideología de cada magistrado el sentido de su voto: la señora Roca está considerada sector progresista y entiende que el Gobierno se pasó, el señor González Rivas está considerado sector conservador y entiende que el Gobierno obró correctamente. Pero al final, el criterio que prevalece es el mayoritario. El Tribunal, en esto, da la razón a Vox, que es quien recurrió ---a Vox lo que es de Vox--- y se la quita al Gobierno, que sale de la disputa jurídica tocado y desairado.

El aroma de mal perder impregnó la escueta declaración gubernamental. La ministra le llamó resolución a la sentencia, que suena menos severo. Mencionó que el recurso lo puso Vox, como si fuera pecado que el Tribunal le dé la razón en algo a este partido. Y añadió que cinco de los once magistrados comparten la tesis del Gobierno.

"El plasma y el telepronter dejan en evidencia las carencias"

Si la ministra hubiera aceptado que se le hicieran ayer preguntas seguro que habría podido explicar mejor las razones jurídicas del Gobierno para defender que lo que hizo, lo hizo bien. Pero el plasma y el telepronter dan para lo que dan. Que a menudo es para dejar en evidencia las carencias en lugar de las aptitudes.

El estado de excepción permite al Gobierno hacer registros domiciliarios sin orden judicial, suspender los medios de comunicación e interceptar las comunicaciones telefónicas

Lo relevante de esta sentencia de ayer no es si el Gobierno sale bien o mal parado, o si Abascal se cuelga la medalla de haber sido él quien recurrió (y no el PP); ni siquiera si las multas que se pusieron a los ciudadanos que violaron el confinamiento habrán de serles reembolsadas. Lo relevante es que, a partir de ahora y si en algún momento el Gobierno considerara imprescindible confinarnos de nuevo tendría que declarar no el estado de alarma sino el de excepción. Que permite al Gobierno hacer registros domiciliarios sin orden judicial, suspender los periódicos y las emisiones de tv y radio e interceptar todas las comunicaciones telefónicas. Eso sí, previa autorización del Congreso de los Diputados. Que habrá de tomar nota, también, de que el Constitucional le ha dejado un recado.