El abogado Luis María Cazorla Prieto era en 1986 letrado mayor y secretario general del Congreso de los Diputados. Fue, por tanto, una de las personas que más activamente participó en el protocolo del juramento de la Constitución del entonces Príncipe de Asturias y actual rey Felipe VI.
El día de hoy, en que la Princesa de Asturias jura la Constitución ante las Cortes Generales, le trae a Cazorla muy buenos recuerdos después de mucho trabajar y diseñar un protocolo que esta mañana se repetirá casi por completo con el juramento de Leonor.
En aquel momento, el acto de juramento de Felipe era algo sin precedentes, totalmente nuevo. "No se podía aplicar ningún precedente porque era radicalmente distinta la situación política y constitucional y, por tanto, lo primero que hubo que hacer fue definir la naturaleza del acto", explica Cazorla en 'Más de uno'.
Así, el hecho de acordar su definición supuso "limar y armonizar" las consecuencias constitucionales y protocolarias del evento para diferenciarlo de la Casa Real o del Gobierno.
El juramento es, en esencial, un acto "de un contenido jurídico y constitucional enorme" donde los protagonistas son la princesa Leonor y los diputados y senadores. Lo importante es que "la llamada a ser jefa el Estado en condición de Reina se compromete radicalmente con la Constitución del 78", es decir, con la monarquía parlamentaria, con los derechos de los ciudadanos y con el régimen de las Comunidades Autónomas.
Todo esto, Leonor lo hace "ante el testigo más cualificado, que son los diputados y senadores". Todo lo demás es irrelevante y podría suprimirse.
En el Palacio Real, después de jurar la Constitución en el Congreso, la princesa Leonor pronunciará un discurso. Éste no se realiza en la Cámara Baja "por la esencialidad del acto parlamentario", pues una intervención de otra naturaleza que no fuera el juramento de la Constitución, "podría desfigurar la esencia y complementar lo que no se debe complementar", detalla Cazorla.
En definitiva, el acto parlamentario, en su esencia, "requería su juramento y el testimonio de diputados y senadores", mientras que todo lo demás es complementario.