Gonzalo Bernardos sobre la subida salarial: "Como mínimo contad que vais a tener un 10%, la inmensa mayoría, de ganancia"
La CEOE y los sindicatos han estampado su firma en un acto sin presencia de miembros del gobierno, ni Yolanda Díaz ni Pedro Sánchez han sido invitados, a pesar de que el presidente hoy en la sesión de control se ha atribuido parte del mérito.
📌 Patronal y sindicatos formalizan con su firma el nuevo acuerdo para la subida salarial hasta 2025
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Los sindicatos CCOO y UGT y la patronal CEOE-Cepyme han firmado el nuevo acuerdo para el empleo y la negociación colectiva (AENC), que establece una subida de salarios del 4 % en 2023 y del 3 % en 2024 y 2025, así como una cláusula de revisión del 1% en función de la inflación.
En un acto que ha tenido lugar en el madrileño Círculo de Bellas Artes, los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, y los presidentes de CEOE y Cepyme, Antonio Garamendi y Gerardo Cuerva, han rubricado el V AENC, a cuya firma no ha acudido ningún miembro del Gobierno. De ello hablamos en Julia en la onda con nuestros especialistas en economía Gonzalo Bernardos y Javier Díaz-Giménez.
"Este acuerdo no me ha sorprendido porque yo creo que hay muchos intereses, y prácticamente de todo el mundo, para que se firme" asegura Gonzalo Bernardos. "En primer lugar, la CEOE, si ahora afirma, está convencida de que puede conseguir unas mejores condiciones salariales que si gobierna el PP, como ellos creen, porque cree que los sindicatos van a pedir más aumentos de salarios anuales" afirma.
"En segundo lugar, los sindicatos, lo que quieren amarrar son unas buenas condiciones que impliquen un cambio de criterio en las negociaciones. Es decir, los sindicatos, han tragado, no pidiendo un incremento retroactivo por el 5,13%, pero a cambio han puesto una cláusula de revisión salarial que como máximo, es de un 1%. Pero ya es un indicio de cambio, porque estas cláusulas, en el 70% de los convenios habían desaparecido", afirma.
"Y después, si lo miras desde la perspectiva del Gobierno, significa que es toda estabilidad laboral. Y si lo miras desde la perspectiva del PP, lo que te dice el PP es que bueno, si ganamos tenemos dos años de tranquilidad en las relaciones con los sindicatos. Por lo tanto, Julia, todo el mundo está contento" nos cuenta Bernardos.
Como mínimo contad que en 2023, 2024 y 2025 vais a tener un 10%, la inmensa mayoría, de ganancia salarial
Detalles del acuerdo
En el acuerdo, sindicatos y empresarios declaran su intención de llevar a cabo, en el periodo 2023-2025, "una política salarial que contribuya de manera simultánea a la reactivación económica, a la creación de empleo y a la mejora de la competitividad de las empresas españolas".
Subida de salarios
Las partes recomiendan subidas salariales del 4% en 2023 y del 3% tanto para 2024 como para 2025, con una cláusula de revisión salarial que, en caso de desviación de la inflación, podría implicar alzas adicionales de hasta el 1% para cada uno de los años del acuerdo (2023-2025), que se aplicarían al inicio del siguiente ejercicio.
Reforma laboral, contratación y fijos-discontinuos
Las recomendaciones en materia de contratación que hacen los agentes sociales están directamente ligadas a la reforma laboral que acordaron con el Gobierno. De este modo, tras constatar los "buenos resultados" de la reforma laboral hasta la fecha, consideran que los convenios colectivos deben contribuir a seguir en esta dirección fomentando la estabilidad en el empleo y el uso adecuado de las modalidades contractuales, desarrollando los distintos llamamientos que la norma hace a la negociación colectiva.
Jubilación parcial y flexible
CCOO, UGT, CEOE y Cepyme sostienen en el acuerdo que la jubilación parcial y el contrato de relevo "deben seguir siendo un instrumento adecuado para el mantenimiento del empleo y el rejuvenecimiento de las plantillas".
Por ello, señalan que los convenios colectivos podrán reconocer el acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo de acuerdo con la normativa que le sea de aplicación, e impulsarán, en su caso, los mecanismos para su puesta en marcha en cada uno de los sectores y empresas, en función de sus circunstancias y características propias.
Teletrabajo
El acuerdo establece una serie de recomendaciones sobre el teletrabajo: Identificar las funciones y puestos de trabajo que sean susceptibles al trabajo a distancia. Facilitar las condiciones y el desarrolla de la actividad de trabajo a distancia. Una jornada "mínima" presencial, con duración "máxima" del teletrabajo. Compensar o abonar los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios por parte de la empresa. Organizar de manera adecuada la jornada para garantizar el "derecho a la desconexión".
Desconexión digital
El acuerdo también ahonda en la llamada desconexión digital y subraya que se trata del derecho de "no atender dispositivos digitales fuera de la jornada de trabajo", por lo que se debe extender a todos los dispositivos y herramientas "susceptibles de mantener la jornada laboral más allá de los límites de la legal o convencional establecida en el calendario laboral". Además, afirma que, si hay una llamada o comunicado fuera del turno del trabajador, las personas no están obligadas a responder, mientras que las empresas no deben dar un "trato diferenciado" a los trabajadores que no hagan uso del mismo.