Qué es el tabaco calentado y por qué se va a regular como el convencional
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto para equiparar el tabaco calentado al convencional, una normativa que figurará a partir de mañana en el BOE.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto, que se publicará mañana en el BOE, para equiparar el tabaco calentado al convencional. De esta manera, se prohíben los sabores y se obliga a los fabricantes a incluir los mensajes de advertencia sanitaria. Disponen de tres meses para adaptarse a esta norma. De momento, sólo afecta al tabaco calentado aunque el Ministerio de Sanidad ya ha anunciado que está trabajando para incluir también los vapeadores.
Acorde con la definición de la Organización Mundial de Salud, los productos de tabaco por calentamiento (PTC) son aquellos que se calientan a una temperatura inferior a 400ºC electrónicamente, sin combustión. Imitan el comportamiento de fumar del tabaco tradicional mediante el uso de dispositivos electrónicos que contienen una batería, un software de control de calentamiento y una fuente de calor. Al "encenderlos" producen aerosoles con nicotina y otras sustancias provenientes de aditivos y aromas añadidos.
Aumento de las ventas en España
En España el único dispositivo que se comercializa es el "I Quit Ordinary Smoking", conocido como IQOS. Consta de un pequeño cigarro, hecho de polvo de tabaco reconstituido, que se introduce en un 'stick'.
En España ha habido un elevado ascenso de las ventas mensuales, llegando a multiplicarse por nueve entre enero de 2017 y julio de 2028 (de 419.942 a 4,1 millones de euros, respectivamente), según los datos aportados por el Comisionado del Mercado de Tabacos y referidos a IQOS.
Los fabricantes defienden que al no haber combustión, las emisiones y los daños se reducen en comparación con el tabaco tradicional. Aunque, en realidad, esta afirmación carece de una evidencia científica. Sanidad ya ha advertido que al igual que el resto de formas de tabaco, su calentado tiene efectos nocivos en la salud y genera adicción. Su consumo está prohibido en los mismos lugares que el tradicional, así como su venta a menores o la promoción, publicidad y patrocinio.
Qué implica la nueva normativa
Este decreto regula algunos aspectos relacionados con su fabricación, presentación y comercialización. De esta manera se prohíbe la venta del tabaco calentado que contenga aromas, aromatizantes o cualquier otra técnica que modifique su olor o sabor o intensifique el humo.
A partir de ahora, en el embalaje del producto tendrá que figurar el mensaje informativo de "El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas", acompañado de una de las fotografías que aparecen en los paquetes de tabaco.