Vivienda

Por qué el propietario no puede echar al okupa de su casa: esto dice la ley

En el caso de allanamiento de morada, la policía puede actuar de manera más rápida y desalojar los okupas en poco tiempo.

Alicia Bernal

Madrid |

Fachada exterior de un edificio de viviendas | Freepik

Desde hace años la okupación de viviendas de forma ilegal es un tema que está muy presente en el debate público de en nuestro país, pero la realidad es que las denuncias por ocupaciones ilegales bajaron un 8,8% en 2023, según Newtral que menciona datos del Ministerio del Interior. En total, 2023 tuvo 15.289 denuncias por ocupación ilegal, frente a las 16.726 de 2022 o las 17.274 de 2021. Estos datos incluyen denuncias que posteriormente se categorizaron tanto como allanamiento de morada, como usurpación del derecho de uso de un inmueble, dos conceptos diferentes a nivel legal.

En muchas ocasiones la falta de conocimiento sobre la ley vigente provoca malentendidos sobre cómo se trata este tema y los procesos que se tienen en cuenta. Por ello, repasamos puntos clave para entender qué provoca que un propietario no pueda echar a las personas que han okupado su vivienda.

Diferencias entre allanamiento y ocupación

Es importante entender las diferencias entre los conceptos de allanamiento de morada y la propia ocupación, puesto que cada uno conlleva implicaciones legales distintas:

  • Allanamiento de morada: Si una vivienda está siendo utilizada como domicilio habitual del propietario, la ocupación puede ser considerada un allanamiento de morada, lo cual es un delito grave. En este caso, la policía puede actuar de manera más rápida y desalojar a los okupas en poco tiempo, ya que se está violando el derecho fundamental a la intimidad del hogar.
  • Ocupación de inmueble: Si la vivienda ocupada no es el domicilio habitual del propietario (como en el caso de segundas residencias o viviendas vacías), la situación legal cambia. En estos casos, no se considera allanamiento de morada, sino usurpación. Aunque es ilegal, requiere un proceso judicial para que el desalojo sea autorizado, lo cual puede llevar más tiempo.

Protección del Derecho a la vivienda y el debido proceso

  • Derecho a la vivienda: En muchos países, incluido España, el derecho a la vivienda está reconocido constitucionalmente. Esto no significa que una persona pueda ocupar ilegalmente una vivienda, pero sí implica que el desalojo debe cumplir con ciertos procedimientos legales para garantizar que se respeten los derechos humanos y sociales de las personas involucradas, incluidos los okupas.
  • Un juicio necesario: La ley protege el derecho de toda persona a un juicio justo. Por lo tanto, antes de que alguien pueda ser desalojado, se debe seguir un procedimiento judicial para determinar si la ocupación es ilegal y autorizar la expulsión. El propietario no puede, por su cuenta, desalojar físicamente a los ocupantes, ya que esto podría considerarse desahucio ilegal o allanamiento de morada, lo que está penalizado en muchos países.