¿Puede la DGT ponerte una multa sin dejarte el resguardo en el coche?
Es una de las grandes dudas de los conductores, el saber si puede haber multa en caso de no tener la notificación física
Una de las sensaciones más desagradables que puede experimentar cualquier conductor es cuando regresa a su vehículo y en el parabrisas tenemos ese papelito que sabemos lo que significa. Una multa. De hecho, más de una vez te habrás llevado un susto al ver un papel que al final resultó ser publicidad.
Sin embargo, no tener notificación no significa que no tengamos multa. Las autoridades no tienen por qué facilitar la multa de forma física, especialmente desde que comenzó la pandemia. En caso de ser multado y que no te extiendan la multa te tendrán que enviar la notificación. Si la infracción es grave, te tiene que llegar en un plazo anterior a los seis meses. Ese plazo se reduce a los tres meses para las sanciones leves.
La Ley de Tráfico y Seguridad Vial detalla en su artículo 89 las causas por las que te pueden notificar una multa de forma posterior:
- 1) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
- 2) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
- 3) Que se haya tenido conocimiento de la infracción a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
- 4) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia, control, regulación o disciplina del tráfico y carezca de medios para proceder al seguimiento del vehículo.