TRÁFICO

La multa de la DGT por coger el móvil cuando estás con el coche parado en un semáforo

La nueva ley de Tráfico eleva la sanción de la DGT por el uso del teléfono móvil incluso al permanecer parado en un semáforo.

🚗 Estos son los radares que más multas ponen en carreteras

ondacero.es

Madrid | 14.07.2022 15:13

Imagen de un conductor con un teléfono móvil. | Pexels

La nueva ley de Tráfico ya está en vigor, y con ella nuevas normas y cambios que ven modificada la circulación por todas las vías. La normativa incide en penalizar el no usar o hacerlo de forma inadecuada los sistemas de protección como el cinturón de seguridad, así como el casco, sillas infantiles o poner en riesgo la vida de otras personas.

No obstante, también eleva las sanciones por el mal uso de los dispositivos móviles en la conducción: por ejemplo, introducir teléfonos entre el casco y la cabeza cuesta 3 puntos del carnet.

¿Cuál es la multa por coger el móvil parado en un semáforo?

La normativa también se endurece contra aquellos conductores que cogen su teléfono móvil en cualquier momento de la conducción, incluso los que están parados en un semáforo en rojo. La ley afirma que es una infracción grave en la que el usuario utiliza el dispositivo incluso “sujetándolo con una mano”.

Anteriormente, se sancionaba con la pérdida de 3 puntos del permiso de conducir, mientras que la nueva ley establece que el usuario perderá 6 puntos del carnet. Además, la multa económica asciende a 200 euros.

Así, en todo momento de la conducción, pese a que el coche permanezca parado, la DGT sancionará a los conductores con 6 puntos de pérdida y 200 euros de multa.

Otros cambios de la nueva ley de Tráfico

Estas son las claves que recoge la nueva ley de tráfico y de cuya infracción depende la pérdida de puntos:

- Aumenta de 3 a 6 la pérdida de puntos por conducir con el móvil en la mano, aunque se mantiene la multa de 200 euros y los 3 puntos de sanción si el infractor usa el móvil sin sujetarlo con la mano.

- Se elevan de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.

- También se eleva de 4 a 6 puntos la sanción por adelantar a los ciclistas sin dejar la separación mínima de 1,5 metros o poniendo en peligro su integridad física.

- Suben de 3 a 4 los puntos a descontar por no utilizar, o no hacerlo de forma adecuada, el casco, el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil u otros elementos de protección.

- Se castiga con 3 puntos, además de utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros, poseerlos dentro del vehículo.

- Introducir dispositivos de telefonía móvil entre el casco y la cabeza del conductor conlleva la pérdida de 3 puntos.

- Se unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo.

- Se prohibe rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales durante los adelantamientos de otros vehículos.

- Se impone el uso obligatorio del casco para usuarios de vehículos de movilidad personal, como patinetes.

- Se prohibe la circulación de los vehículos de movilidad personal, las bicicletas y ciclos por las aceras y demás zonas peatonales.

- A partir del 6 de julio de 2022 será obligatoria la incorporación de alcoholímetros antiarranque en vehículos de transporte de viajeros (por ejemplo, autobuses escolares). El incumplimiento de esta norma constituye una infracción muy grave que conlleva una multa de 500 euros.

- "Incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas" se considera también una infracción muy grave que acarrea una multa de 500 euros.

- "Incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo" se incluye como una infracción leve que implica una multa de hasta 100 euros.

- Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT. No obstante, la recuperación de esos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir tales cursos.

- Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir se considerará una infracción muy grave, sancionada con 500 euros y seis meses sin poder presentarse de nuevo.

- Las empresas de transporte de personas y de mercancías podrán acceder online al registro de conductores para conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Solo se informará en rojo (no en vigor) o verde (en vigor).

- Se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización para la obtención del permiso o licencia de conducir, que podrán impartirse también online siempre que se garantice la interacción a través de un aula virtual.

- Tasa cero de alcohol para los menores de edad conductores de cualquier vehículo.

Dentro de tres meses, todos los preceptos de la nueva Ley de Tráfico serán una realidad que aspira a mejorar la seguridad vial de todos los conductores.