La nueva Ley de Bienestar Animal, que entra en vigor el 29 de septiembre, afecta tanto a los que ya tienen mascotas como a los que piensan incorporar una. Dentro de la normativa, figura contratar un seguro de responsabilidad civil (en caso de no tenerlo ya) que garantice el bienestar de nuestro animal de compañía frente a posibles enfermedades, accidentes, o incluso daños que puedan causar a terceros. Un seguro que será obligatorio, y cuyo incumplimiento puede suponer multas de entre 500 y 10.000 euros.
La duda surge al plantearnos qué mascotas está incluidas en este seguro obligatorio. ¿Todas? ¿Solo algunas? Y en ese caso, ¿Cuáles? Analizamos lo que dice la ley.
En España se contabilizan unos 29 millones de mascotas, de las cuales algo más de la mitad (15 millones) son perros y gatos.
En el caso de los canes, el artículo 30.3 de la ley establece por primera vez la obligación de contar con este seguro para todos los perros, independientemente de su tamaño, raza o edad. Hay que recordar que antes de la ley, este seguro solo era obligatorio para aquellas razas potencialmente peligrosas (Akita Inu, American Staffordshire Terrier, bullmastiff, dóberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileño, mastín napolitano, pit bull, presa canario, rottweiler y Tosa Inu). Madrid y País Vasco ya tenían normativas similares antes de esta la ley.
Al contrario que los perros, los dueños de gatos y hurones no estarán obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil, a pesar de contar ambos como "animal de compañía". Ocurre lo mismo con el resto de mascotas; sean canarios, tortugas, hámsteres, peces, etc. Tampoco será obligatorio contratarles un seguro.
¿Cuánto cuesta uno de estos seguros? En cuanto a los precios, su coste anual va desde los 20 euros los más económicos, hasta 300 euros los más completos. En función del que elijamos, incluirá desde gastos veterinarios, muerte por accidente, robo, búsqueda por extravío, hasta el sacrificio y cremación del animal.