Luz verde al Manual de Buenas Prácticas para regular la eutanasia
El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han aprobado esta normativa "tremendamente importante"
Según ha informado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, el Manual de Buenas Prácticas de la Eutanasia ha sido aprobado en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica para la regulación de esta práctica que establece que se podrá llevar a cabo en un contexto de "padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable".
Este manual, es una guía en la que se ofrece un conjunto de recomendaciones sobre los medicamentos a administrar y el manejo de los mismos que ayude al equipo asistencial a realizar esta prestación, tal y como ha explicado Darias, en rueda de prensa.
La ministra, en su intervención, ha agradecido el trabajo realizado por las consejerías de salud autonómicas para que la ley, que entró en vigor el 25 de junio, "siga avanzando" y ha destacado el logro de haberle dado luz verde “a fecha 7 de julio” cuando el precepto establecía que debían ser aprobados antes del 25 de octubre.
El Manual de Buenas Prácticas que regula la Ley de Eutanasia es "tremendamente importante", ha afirmado Darias, quien, finalmente, ha hecho referencia a la distribución de fondos entre las comunidades autónomas para mejorar el sistema de información del Sistema Nacional de Salud por importe de dos millones de euros, que también ha sido aprobado por unanimidad por todos los miembros del Consejo.
¿Cómo solicitar las prestación de ayuda para morir?
Según la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE), será necesario:
- Disponer por escrito de la información que exista sobre su proceso médico, las diferentes alternativas y posibilidades de actuación.
- El solicitante debe formular dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, dejando una separación de al menos quince días naturales entre ambas.
- Prestar consentimiento informado previamente a recibir la prestación de ayuda para morir.
Otros requisitos:
- El paciente debe tener nacionalidad española o residencia legal en España.
- Tiene que ser mayor de edad.
- Debe ser capaz y consciente en el momento de la solicitud.
- Nadie puede tomar la decisión por él.