Aunque cada vez está más en desuso, todavía es habitual ver a perros solos en la calle atados a alguna farola, poste o papelera esperando a que su dueño realice algún recado rápido o entre en algún establecimiento.
Está práctica ha sido objeto de críticas por parte de los expertos, que consideran que el animal puede verse desprotegido, asustado o tener ansiedad por separación de su dueño al no verlo. Incluso, desde las propias autoridades han advertido que esto puede también ser aprovechado por delincuentes para llevarse al perro.
Desde la aprobación de la Ley de Bienestar Animal, esté tipo de comportamientos por parte de los dueños de los animales también pasará a ser sancionado.
El artículo 27 de la citada ley hace referencia a las prohibiciones específicas respecto de los animales de compañía. Y en su apartado 'D' se refiere a esta situación: "Mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento, salvo en los casos dispuestos en el apartado segundo del artículo 28".
Sin embargo el artículo 28 únicamente añade algunos puntos clave a tener en cuenta para que los perros se queden en espacios abiertos sin dañar su bienestar: proteger de las inclemencias del tiempo, no dejarle expuesto al sol, lluvia o frío o utilizar espacios adecuados a sus necesidades fisiológicas.
Por tanto, la nueva ley sí contempla una serie de sanciones en caso de que los perros se queden solos atados en la calle. Pero, ¿de cuánto puede ser la cuantía de la multa?
En el artículo 80 de la norma, se distingue entre infracciones leves, graves y muy graves, incluyendo entre las leves "toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal".
Este sería el tipo de infracción al que nos enfrentaríamos en caso de dejar a nuestro perro atado en la calle. ¿Y la cuantía? Estaría sancionado con "apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros", según recoge el artículo 84, referido a 'Sanciones principales'.