El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el cese del guionista del programa 'La Hora de La 1' de la televisión pública RTVE que escribió un polémico rótulo con el anuncio de que la princesa Leonor se iba a estudiar a Gales.
En concreto, el guionista comparó la marcha de España de la princesa para estudiar en Gales (Reino Unido), con la del rey emérito, Juan Carlos I, a Abu Dabi y rotulando: 'Leonor se va de España, como su abuelo'.
Este rótulo generó muchísimas críticas entre la sociedad española, por lo que la entonces administradora provisional única de RTVE, Rosa María Mateo, lamentó "profundamente el grave error" en un comunicado y dijo haber adoptado medidas "inmediatas" para que los responsables fueran cesados.
"El guionista no transgredió los límites del derecho a la libertad de expresión"
El TSJM ha fallado que el guionista, "sin perjuicio del juicio crítico que pueda merecer el rótulo por carácter simplista, burdo y tendencioso, no transgredió los límites del derecho a la libertad de expresión admisible en la relación laboral".
Además, el alto tribunal madrileño considera que el rótulo que se emitió en febrero de 2021, cuando daban la noticia de que Leonor continuaría sus estudios en un internado de Gales, constituye "una apostilla claramente inapropiada e impertinente, que lejos de aportar algo a la noticia la enturbió y ensombreció, desviando injustificadamente la atención hacía un aspecto objetivamente lesivo, no de la reputación de la Infanta, sino de la imagen de la familia de la que forma parte".
Aún así, sostiene que "no contenía ninguna expresión con un significado objetivamente injurioso o vejatorio hacía la Princesa, cuya honestidad no quedó realmente en entredicho".
Por ello, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha revocado en el fallo la sentencia de instancia, que consideró ajustado a Derecho el despido. Y obliga a la televisión pública a readmitir al trabajador en su antiguo puesto, a pagarle los salarios que no ha recibido durante este tiempo además de una indemnización de 10.000 euros en concepto de daños morales.