Si el contrato de un servicio se ha firmado fuera del establecimiento de la empresa, el cliente tiene un plazo de 14 días para renunciar a él. Así lo ha sentenciado hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La corte además, aclara que aunque se le haya proporcionado asistencia, si no se le ha informado de su derecho a desistir del contrato no tiene que pagar por el servicio.
El Tribunal de Justicia ha fallado a favor de un cliente alemán que contrató la renovación de la instalación eléctrica de su casa y tras finalizar la obra, desistió del contrato y se negó a pagar la factura, porque la empresa no le había formado sobre su derecho de renuncia. Como era un acuerdo firmado fuera del establecimiento existe un periodo de 14 días de rehusar, que se incrementa a doce meses en caso de que no se le haya informado.
En su sentencia la corte europea recuerda que el derecho a desistir protege al consumidor, porque al firmar un contrato fuera de la empresa puede estar bajo posible presión psicológica o enfrentando a un elemento de sorpresa. Por ello, la información sobre este derecho es de "importancia capital" y le permite tomar con conocimiento la decisión de firmar o no.
Sobre el lucro del cliente en este caso, el Tribunal apunta que la finalidad de la directiva es lograr la protección del consumidor y no se estaría cumpliendo si un cliente que firma un contrato fuera del establecimiento y después renuncia a él, tenga que hacerse cargo de esos gastos que no estaban previstos.