NORMATIVA VIAL

Cambios en la normativa del uso de patinetes: casco obligatorio y edad mínima de 15 años

Hasta ahora, la obligación de llevar casco dependía de los reglamentos de cada ayuntamiento, pero con las nuevas normas de la DGT, esta medida, ya vigente en ciudades como Barcelona, Valencia o Sevilla, se aplicará en todo el territorio estatal.

Aurora Molina | EFE

Madrid |

Imagen de archivo de varios patinetes eléctricos estacionados. | Pexels

Casco obligatorio, chaleco reflectante para casos de baja visibilidad y tener más de 15 años son los nuevos requisitos que recoge la modificación del Reglamento General de Circulación de la Dirección General de Tráfico (DGT) que comenzará a aplicarse el 1 de octubre para los conductores de patinetes y otros vehículos de movilidad personal (VMP).

Estos cambios, aprobados en Consejo de Ministros el pasado mes de junio, buscan mejorar la seguridad de los usuarios de este tipo de vehículos, muy vulnerables por lo expuestos que están en caso de accidente.

El casco será obligatorio para todos los patinetes

Hasta ahora, la obligación de llevar casco dependía de los reglamentos de cada ayuntamiento, pero con las nuevas normas de la DGT, esta medida, ya vigente en ciudades como Barcelona, Valencia o Sevilla, se aplicará en todo el territorio estatal.

Otro accesorio que los conductores de patinete deberán tener a mano es el chaleco reflectante, que pasa a ser también imperativo si se circula de noche o en condiciones de baja visibilidad, y que será obligatorio siempre para los profesionales que circulen en MVP.

En la misma línea, el alumbrado de estos vehículos deberá estar encendido mientras circulan las 24 horas del día, medida que solo será exigible a partir del 1 de octubre de 2027 (periodo que servirá de adaptación a los usuarios), mientras que hasta esa fecha será obligatorio entre la puesta y la salida del sol, o en casos de escasa visibilidad, con una sanción de 200 euros por incumplimiento.

La DGT fija además en 15 años la edad mínima para conducir un patinete o cualquier VMP, un límite que algunos ayuntamientos tenían establecido en sus reglamentos en 16 años, como Valencia o Barcelona.

La nueva normativa también cambia las reglas para los ciclistas

La nueva modificación del Reglamento General de Circulación de la DGT que entrará en vigor este otoño afecta asimismo a los ciclistas. De forma similar a los patinetes, llevar casco será obligatorio en vías interurbanas al ir en bicicleta, sin contemplar excepciones como las había hasta ahora en caso de calor extremo o subidas pronunciadas.

Varias de las novedades que conciernen a la bici afectan a su relación con el coche en vías interurbanas: al realizar un adelantamiento, los vehículos a motor deberán cambiar totalmente de carril si hay más de uno por sentido, además de reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora del límite de la vía.

En ciudad, los conductores de coches deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril, y se abre la posibilidad de que los consistorios permitan la circulación en doble sentido de bicis en vías de un solo sentido con velocidad máxima de 30 km/h o inferior.

La modificación del reglamento de la DGT incorpora además que aquellos ciclistas que desarrollen su actividad profesional en este vehículo ('riders') deberán hacer uso en todo momento de casco de protección y chaleco reflectante.