Así funcionaría la renovación automática de los contratos de alquiler que plantea el Gobierno: las excepciones para el propietario
El Gobierno plantea que los contratos de alquiler de vivienda habitual se renueven automáticamente, aunque contempla excepciones por necesidad del propietario o de sus familiares.
Madrid |
El Gobierno ha planteado en uno de los dos decretos que los alquileres de vivienda habitual tengan una renovación automática cuando llegue el momento de su finalización, para dar estabilidad a inquilinos.
Esta medida llega separada del resto del paquete debido a las dificultades que ha generado durante las negociaciones.
Sin embargo, la renovación automática no supondría que el propietario estuviera obligado a mantener indefinidamente el alquiler en cualquier circunstancia. El texto incorpora una serie de excepciones que permitirían recuperar la vivienda.
La medida todavía tendrá que superar al Congreso. El Gobierno ha solicitado la celebración de un pleno extraordinario este viernes para tratar de convalidar los dos reales decretos.
¿Cómo funcionaría la renovación automática?
El objetivo es reforzar la estabilidad de los contratos de alquiler de vivienda habitual mediante su renovación automática. Por el momento, el Gobierno no ha detallado públicamente la duración de esas renovaciones, los plazos en los que se producirían ni el alcance exacto de los contratos afectados.
Según ha explicado la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, la renovación automática estaría dirigida a beneficiar a la persona que tiene alquilada la vivienda, proporcionándole una mayor estabilidad.
La medida fue una de las principales exigencias de Sumar durante las negociaciones de las últimas horas y uno de los puntos que más dificultades generó para alcanzar un acuerdo dentro del Gobierno. Finalmente, PSOE y Sumar acordaron incluirla en un real decreto ley independiente del resto de medidas sobre vivienda.
¿Cuándo podría recuperar la vivienda el propietario?
El Gobierno ha explicado que existirán salvaguardas para aquellos casos en los que el propietario tenga motivos para recuperar el inmueble.
Entre las excepciones avanzadas por Isabel Rodríguez aparecen situaciones de necesidad del propio propietario, de alguno de sus familiares y otras circunstancias sobrevenidas.
Por tanto, el nuevo sistema pretende establecer la renovación como principio general, pero manteniendo supuestos en los que el arrendador pueda recuperar la vivienda.
El Gobierno no ha detallado todavía públicamente qué situaciones concretas estarán incluidas dentro de esas "circunstancias sobrevenidas", cómo deberán acreditarse o cuáles serán los plazos aplicables, por lo que habrá que acudir al articulado definitivo para conocer toda la letra pequeña.
La legislación vigente ya contempla determinados supuestos de recuperación de una vivienda por necesidad del arrendador. Por ejemplo, la normativa permite excepciones a determinadas prórrogas cuando el propietario haya comunicado, en los plazos y condiciones legalmente establecidos, su necesidad de ocupar la vivienda.
¿Es lo mismo que la prórroga de dos años?
No. Los dos decretos aprobados por el Gobierno contemplan dos medidas diferentes. El primero establece una prórroga de dos años para los contratos en vigor que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028.
El segundo incorpora la renovación automática de los contratos de vivienda habitual, acompañada de excepciones para determinados supuestos de necesidad del propietario. Los detalles sobre la duración y funcionamiento de esta segunda medida deberán conocerse con el texto completo del decreto.