Aprobada la ley de eutanasia: estos son los cambios con la nueva ley y cuándo entra en vigor
La ley de la eutanasia ha sido aprobada hoy en el Congreso de los Diputados, tras recibir el respaldo de la mayoría de grupos parlamentarios. Conoce cuándo entrará en vigor y qué cambios añadirá esta nueva ley.
Tras su tramitación en el Senado, la ley de la eutanasia ha sido aprobada hoy en el Congreso de los Diputados, con el respaldo de la mayoría de grupos parlamentarios, a excepción del Partido Popular, VOX, Foro Asturias y UPN. España se convierte así en el cuarto país de Europa y sexto a nivel internacional que despenaliza esta práctica.
Por su parte, PP y VOX han anunciado que llevarán a cabo actuaciones para obstaculizar la puesta en marcha de la ley de la eutanasia en España, incluso recurriendo su aprobación en el Tribunal Constitucional para evitar que la ley entre en vigor, al igual que ocurrió en Portugal.
¿Qué permitirá la nueva ley de eutanasia?
La ley de eutanasia permitirá a las personas mayores de edad que sufran "una enfermedad grave e incurable" o un "padecimiento grave, crónico e imposibilitante" que afecte a la autonomía y que genere un "sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable" solicitar la ayuda para morir.
¿Cuándo entrará en vigor la ley de eutanasia?
Esta nueva ley entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y permitirá el acceso legal a la muerte asistida en nuestro país a partir del mes de junio.
¿Quién puede solicitar la eutanasia?
Según la nueva ley de la eutanasia, puede tener acceso a ella todo aquel que tenga la nacionalidad española o residencia legal en España. También debe tener la mayoría de edad y ser capaz y consciente en todo momentode la solicitud, a su vez, esta puede ser retirada cuando el solicitante lo desee.
Estos son los requisitos esenciales, pero aparte, el paciente debe tener toda la información médica sobre su proceso y conocer todas las alternativas a este. Tiene que haber rellenado dos formularios (con 15 días entre sí) de manera voluntaria dejando claro su consentimiento y el médico debe certificar que sufre una enfermedad grave e incurable o padecer una enfermedad grave, crónica e invalidante.
Regulación
A partir de la solicitud del paciente sobre su voluntad para que le ayuden a morir, el profesional, tendrá 10 días para decidir si seguir este proceso o no. Para regular esto, cada comunidad autónoma tendrá una Comisión de Evaluación y Seguimiento para un primer control y después se realizará un segundo revisando todo lo anterior.
Últimos pasos
Si el paciente sigue plenamente consciente, volverá a dar su consentimiento para que se lleve a cabo el trámite y el médico profesional a su cargo se quedará junto a él hasta el momento de su muerte, así como el resto de los profesionales sanitario, tratándose de eutanasia. Si, por el contrario, se trata de un suicidio asistido, el propio paciente será quien se administre la sustancia y estará en observación hasta el momento de su fallecimiento.
Si el propio paciente no está en condiciones de pedir la eutanasia debido a una discapacidad, pero ha podido dejar por escrito su deseo, el familiar que ejerce de representante legal podrá seguir todo el proceso anteriormente descrito.
Particularidades y excepciones
Como excepción, si el médico considera que no va a vivir el paciente lo suficiente para superar todo el proceso, se podría adelantar pero con un control posterior.
En ninguna circunstancia podrá hacer uso de la eutanasia un menor ni sus padres podrán pedirlo para este.
El proceso podrá realizarse tanto en un hospital como en un domicilio, pero no podrá ser en una residencia.
Por otro lado, la ley dictamina que los sanitarios tienen el "derecho individual a no atender aquellas demandas de actuación sanitaria reguladas en esta ley que resultan incompatibles con sus propias convicciones", sin embargo son las Comunidades Autónomas las que deben garantizar al paciente dicha prestación.