Por vulnerar los derechos fundamentales

La Justicia europea censura intercambio de datos de pasajeros entre la UE y Canad谩

El Tribunal de Justicia de la Uni贸n Europea (TJUE) censur贸 el acuerdo entre la Uni贸n Europea (UE) y Canad谩 para el registro de datos de pasajeros al entender que con su actual formulaci贸n vulnera los derechos fundamentales recogidos en la normativa comunitaria.

ondacero.es

Madrid | 26.07.2017 11:58

Acuerdo econ贸mico entre la Uni贸n Europea y Canad谩 | Agencias

El acuerdo para el tratamiento y la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros firmado entre Canad谩 y el bloque comunitario en 2014 (PNR, por sus siglas en ingl茅s), permite la transferencia sistem谩tica y continuada de los datos de la totalidad de los pasajeros a茅reos a una autoridad canadiense. Autoriza adem谩s su conservaci贸n durante un per铆odo de 5 a帽os y su eventual transferencia posterior a otras autoridades y otros pa铆ses terceros, con el fin de luchar contra el terrorismo y otros delitos graves de car谩cter trasnacional, record贸 el TJUE.

"Los datos del PNR pueden revelar, entre otros extremos, un itinerario de viaje completo, h谩bitos de viaje, relaciones existentes entre dos o varias personas as铆 como informaci贸n sobre la situaci贸n econ贸mica de los pasajeros a茅reos, sus h谩bitos alimentarios o su estado de salud, e incluso proporcionar informaci贸n sensible sobre dichos pasajeros", agreg贸 la corte. Tras firmarse el pacto, el Consejo de la Uni贸n Europea, que representa a los pa铆ses de la UE, solicit贸 su aprobaci贸n al Parlamento Europeo y este traslad贸 la cuesti贸n a la corte europea, con sede en Luxemburgo.

En un examen previo del caso por parte de un abogado general del TJUE, cuya opini贸n no es vinculante pero suele inspirar las decisiones de los magistrados, el letrado ya apunt贸 a que algunas de las disposiciones del acuerdo vulneraban los derechos fundamentales de la Uni贸n. En su sentencia de hoy, los magistrados respetan esas argumentaci贸n y se帽alan que ese sistema de intercambio de datos supone una "injerencia en el derecho fundamental al respeto a la vida privada" y a "la protecci贸n de los datos de car谩cter personal".

El tribunal reconoce que esas injerencias est谩n justificadas "en aras de un objetivo de inter茅s general", pero censura que las disposiciones del acuerdo "no se limitan a lo estrictamente necesario y no establecen normas claras y precisas". En particular, en lo relativo a los datos "sensibles", es decir, aquellos que revelan informaci贸n sobre "el origen racial o 茅tnico, las opiniones pol铆ticas, las convicciones religiosas o filos贸ficas, la pertenencia a sindicatos o los relativos "a la salud o a la sexualidad", se subraya en la sentencia, ante la que no cabe recurso.

Los magistrados entienden, adem谩s, que en lo relativo a la conservaci贸n de los datos por parte de las autoridades canadienses, la medida no se justifica una vez que hayan abandonado el pa铆s "pasajeros a茅reos respecto de los cuales no se haya identificado ning煤n riesgo en materia de terrorismo o de delincuencia grave de car谩cter trasnacional a su llegada a Canad谩". La sentencia considera que el acuerdo tambi茅n debe revisar la "claridad y precisi贸n" de los datos a transferir, disponer que los "modelos y criterios" utilizados son "espec铆ficos, fiables y no discriminatorios" y garantizar que los datos utilizados por Canad谩 se circunscriban a la prevenci贸n antiterrorista y de delitos internacionales graves.

Asimismo, la corte requiere que Canad谩 solo pueda comunicar esos datos a un tercer pa铆s no miembro de la UE si este tiene un acuerdo previo con la Uni贸n y establecer un "derecho del pasajero" en caso de que se las autoridades no respeten la normativa y garantizar una supervisi贸n independiente del sistema. Por todo ello, los jueces del TJUE consideran que "el acuerdo previsto no puede celebrarse en su forma actual".