MENORES MIGRANTES

El TSJC suspende el protocolo de atención a menores migrantes del Gobierno canario

El organismo ha interpretado que, al no constar en el protocolo una previsión de cuándo empezaría su aplicación, se presume que podía aplicarse de forma inmediata desde que fue publicado

EFE

Madrid | 20.09.2024 15:57

Rescate de Salvamento Marítimo en las costas de Canarias a 48 personas | EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha suspendido este viernes la aplicación del protocolo del Gobierno de Canarias para la atención de menores extranjeros no acompañados que llegan a las islas por vía marítima, según han informado fuentes judiciales.

La Fiscalía había solicitado al TSJC que suspendiera de inmediato el protocolo publicado por el Gobierno de Fernando Clavijo para ordenar la acogida de menores llegados en patera, ya que las exigencias que el Ejecutivo regional establecía para su recepción podrían perjudicar el cuidado de niños en "situación de desamparo patente".

Ante esta petición, el TSJC accede, antes de oír las consideraciones del Gobierno de Canarias, a "la suspensión de la resolución impugnada, por la concurrencia de circunstancias de especial urgencia" y por "un principio de elemental cautela".

El tribunal aboga por "la conveniencia de búsqueda de espacios de encuentro que propicien el logro de actuaciones coordinadas en el marco de un clima de lealtad y colaboración institucional", algo "indispensable para abordar el fenómeno de la inmigración irregular y su singularísimo impacto que tiene en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias".

La Fiscalía había argumentado su petición en que con la aplicación del protocolo del Gobierno de Canarias, "quedarían desprovistos de atención inmediata y en situación de desamparo patente los menores migrantes no acompañados que hayan sido rescatados por el Estado en el mar o hayan sido interceptados a su llegada a la costa por la Guardia Civil o la Policía Nacional".

El TSJC considera en su auto que es "incontestable" que el protocolo aprobado por el Gobierno de Canarias incluya un conjunto de exigencias que deben ser observadas antes de la entrega de los menores para su cuidado a la Comunidad Autónoma de Canarias.

Pese a todo, el TSJC considera que no es momento de pronunciarse "sobre el ajuste a la legalidad de la resolución impugnada", sino solo de determinar si concurren las circunstancias de especial urgencia que argumenta la Fiscalía.

El TSJC interpreta que al no constar en el protocolo una previsión de cuándo empezaría su aplicación, se presume que puede aplicarse de forma inmediata desde que fue publicado, lo que lleva a acceder a la petición del ministerio público y a suspenderlo, a expensas de lo que pueda alegar el Gobierno de Canarias en defensa de su planteamiento.

Así, el tribunal canario adelanta que ese protocolo, de entrada, supone una innovación relevante en el régimen jurídico en vigor, puesto que se imponen requisitos que pueden dificultar la entrega y recepción de los menores cuyo cuidado está confiado a la comunidad autónoma.

Entre esos requisitos se encuentra la comunicación previa a efectos de disponibilidad de plazas de acogida; el lugar de la entrega y recepción e intervención de funcionarios públicos; la documentación individualizada del menor en el momento de la recepción; o la comprobación de la documentación e identidad del menor no acompañado.

Ese cambio "tan relevante" del marco normativo aconseja mantener por ahora la situación actual por el efecto que puede tener la aplicación del protocolo "sobre un colectivo tan especialmente sensible y vulnerable como es el de los menores".