Después de revisar la sentencia del 'procés' al amparo de la reforma penal sacada adelante por Gobierno por la cual se eliminó la sedición y modificó la malversación, el Tribunal Supremo mantiene la condena al ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras por un delito de desobediencia y malversación en su modalidad agravada.
Con esto, el Supremo mantiene la pena de 13 años de inhabilitación a Junqueras, lo que supone que no podrá aspirar a ningún cargo público hasta 2031 y, por tanto, no se presentará a las próximas elecciones.
El Tribunal discrepa de la Fiscalía y la abogacía del Estado que pedían atribuirles a los líderes independentistas condenados el tipo penal de desórdenes públicos agravados en sustitución de la sedición.
La abogacía del Estado -en manos del Ejecutivo- pidió rebajar las condenas por malversación, al apreciar que no hubo enriquecimiento personal. Sin embargo, en el Gobierno defienden ahora que su intención nunca fue rebajar las penas a los ya condenados.
A este respecto, la vicesecretaria general del PSOE y ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, afirmó ayer lunes que la sentencia conocida pone de manifiesto que "el PP mentía" cuando afirmaba que la reforma penal impulsada por el Gobierno iba a beneficiar a los líderes del procés.
El Partido Popular, por su parte, celebra la decisión del Supremo y asegura su portavoz, Borja Sémper, que a pesar de la intención del Gobierno de rebajar las condenas a sus socios de Esquerra Republicana, ha actuado el Estado de derecho.
Tras conocer la sentencia, Esquerra Republicana ha acusado al Supremo de actuar con arbitrariedad y dar "un golpe a la democracia" por no tener en cuenta, sostiene la portavoz Marta Vilalta, la reforma del Código Penal aprobada por el Parlamento.
Asimismo, Pere Aragonès ve voluntad de venganza y Junqueras acusa en Twitter a los jueces de perpetuar "la persecución política con interpretaciones retorcidas de la malversación".
Por otro lado, el Tribunal Supremo advierte de los efectos negativos que tiene la reforma del Código Penal. Al desparecer la sedición y no ampliar la cobertura de la rebelión, el nuevo delito de desórdenes públicos agravados no alcanza a cubrir la gravedad de lo ocurrido en Cataluña en octubre del 2017 con la declaración de independencia.
Como estos hechos ya no tienen sanción penal se ha desprotegido al Estado que, en el caso de que se produjera otro intento de secesión, hoy quedaría impune con la reforma penal impulsada por el Gobierno.