El PP solicita la absolución de Bárcenas para evitar ser condenado como responsable civil
La Audiencia Nacional condenó al extesorero a dos años de cárcel por las obras de Génova, mientras que el partido considera que a la hora de la causa contra Bárcenas el delito ya estaba prescrito.
El Partido Popular ha presentado hoy lunes un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el que solicita la absolución de Luis Bárcenas, el extesorero del partido, por la sentencia de dos años de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional.
La condena sucedió el mes de octubre, cuando Bárcenas fue acusado de pagar en "b" más de un millón de euros en las obras de reforma de la sede del Partido Popular. A la vez, la formación fue condenada como responsable civil subsidiario, bajo la cuantía de 123.669€ por el Impuesto de Sociedades que el estudio de arquitectura que realizó la remodelación, Unifica, tributó el año 2007.
La agencia de noticias Europa Press ha tenido acceso al documento, que a través de 46 páginas la defensa del partido introduce sus motivos de casación. El primero explica que el delito de participación en el fraude fiscal ajeno prescribió antes de que el Juzgado dirigiera los procedimientos contra el condenado, Bárcenas.
Además, subrayan que mientras que la causa fue abierta en abril del año 2014, la prescripción habría ocurrido en julio de 2013. "La fecha en la que la sentencia considera interrumpida la prescripción es la de un auto (...) que no contiene ni una calificación siquiera aproximativa de los hechos", señaló la formación.
Según opinan desde el PP, no es suficiente que se acuse a alguien de "manejar fondos en B", y tendrán que "saber si lo que se le atribuye son pagos sin IVA en cuantía 10 delictiva" u otro tipo de actividad punible.
El segundo motivo de casación está relacionado con que el fallo considere "que el hecho de que Bárcenas omitiera consignar regularmente una parte del pago a Unifica (...) constituye una conducta de participación necesaria en el delito fiscal de esta sociedad, relativo al impago del Impuesto sobre sociedades del 2007".
Una irregularidad previa con fines propios
El recurso mantiene que "no hay integración de esferas de organización orientada al fraude fiscal", ya que todo está vinculado a un aprovechamiento solitario de una irregularidad previa. Por ello, "no puede verse en este comportamiento la asociación, la connivencia con el autor propia de la participación".
El que en ese momento era tesorero, "pagó parcialmente unas obras en oculto" y este hecho correspondía a un "acto previo e irregular que tenía sus propias finalidades" entre las que se encontraba "dar salida a dinero en B que él mismo gestionaba". El partido aduce que "el que después Unifica no reflejara ese ingreso" tal y como debiera, "constituye un acto plenamente propio, interno y soberano, enteramente en su esfera de dominio".
El PP califica "este aprovechamiento de una actuación previa de Bárcenas como acto de participación de este interviniente en el delito fiscal atribuido a Unifica" y "contraviene el postulado de responsabilidad por los hechos propios como manifestación del principio de culpabilidad".
Respecto al tercer motivo para presentar el recurso de casación, consideran que existe una suposición sobre la manera en la que Bárcenas habría asistido a defraudar a Unifica, a través de su impuesto de sociedades en el ejercicio de 2007. Esto lo habría hecho "ayudándole a ocultar un beneficio que no puede en la lógica tributaria equivaler al supuesto importe pagado 'en b'", ya que "deriva de restar al mismo los gastos que generaron las obras". Bárcenas habría aportado 380.520€, mientras que los gastos de la obra ascenderían a los 93.950,38€.
Una "flagrante" injusticia tributaria y penal
Desde el Partido Popular, remarcan que el extesorero "habría ayudado a ocultar un beneficio de 286.569,62€", eludiendo el pago de una cifra cercana a los 94 mil euros, cantidad que "no es constitutiva de delito". Esta consideración "en contra de la sentencia supone no solo una flagrante injusticia tributaria, sino ahora una flagrante injusticia penal".
El cuarto motivo de casación del PP apunta a que la sentencia establece que los ingresos no declarados por parte de Unifica provendrían de los pagos "en b" realizados por Bárcenas, "deben imputarse al año 2007", pese a que la finalización, entrega y pago de la obra se realizó en 2008.
"Este era el curso de imputación conforme al criterio legal de devengo", justifican, ya que "una pequeña disminución del tipo aplicable, hubiera deparado la atipicidad de la supuesta contribución del señor Bárcenas al delito imputado a Unifica".
El último motivo de la casación trata la condena a Bárcenas, diciendo que "supone que era consciente de, al menos, la alta probabilidad de que estuviera colaborando en un fraude fiscal de Unifica relativo al Impuesto sobre Sociedades y que este era superior a 120.000 euros".
Un hecho "inimaginable"
Para la formación política esta "calificación de los hechos como dolosa es irrazonable", debido a que "los pagos eran por unas obras que se finalizan, se entregan y se pagan en el 2008".
Según ellos, es "realmente inimaginable por ser del todo imposible" que Bárcenas conociera "con seguridad o con alta probabilidad que requiere el dolo eventual que esos pagos ocultos podrían deparar en el caso de que no se declararan un fraude fiscal" por encima de los 120.000€, ya que para ello tendría que haber conocido que las obras que comenzaron en 2007 y finalizaron al año siguiente eran "un ingreso de Unifica de 2007".
Por ello el partido, liderado por Alberto Núñez-Feijóo requiere al Alto Tribunal que dicte otra sentencia, en la cual la falta se declare prescrita o absuelva a Bárcenas del delito de participación en el fraude fiscal de Unifica, con la necesaria consecuencia de la ausencia de responsabilidad civil subsidiaria del Partido Popular deducida del mismo.