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Los plazos para Ábalos tras la petición de suplicatorio del Supremo: el proceso que puede llevar a su detención

El suplicatorio del Supremo debe seguir una serie de plazos antes de conocer el fututo judicial de Ábalos.

El Supremo pide el suplicatorio al Congreso para Ábalos al apreciar indicios de hasta cuatro delitos por el 'caso Koldo'

ondacero.es

Madrid |

Los plazos para Ábalos tras la petición de suplicatorio del Supremo: el proceso que puede llevar a su detención | EFE

La situación de José Luis Ábalos ha entrado en una fase clave después de que el instructor del caso Koldo en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, haya solicitado el suplicatorio al Congreso de los Diputados. Esta petición se basa en la existencia de indicios de hasta cuatro delitos: integración en organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación. Sin embargo, el proceso legal para que Ábalos pueda ser inculpado y procesado estará sujeto a una serie de pasos que extenderán los plazos hasta febrero de 2024, cuando perdería su inmunidad como diputado.

Inmunidad parlamentaria

La Constitución Española, en su artículo 71, establece que diputados y senadores gozan de inmunidad durante su mandato. Esto significa que no pueden ser detenidos salvo en casos de delitos graves, y su procesamiento o inculpación requiere la previa autorización de la Cámara en la que ejercen funciones. Por tanto, aunque el Tribunal Supremo ha identificado pruebas suficientes para avanzar en la causa, necesita primero la aprobación del Congreso a través del suplicatorio.

El proceso en el Congreso

El procedimiento para tramitar el suplicatorio está detallado y sujeto a varias etapas:

  • Recepción de la solicitud: Francina Armengol, presidenta del Congreso, tendrá cinco días para remitir la petición del Supremo a la Comisión del Estatuto de los Diputados. Esta comisión, presidida por Manuel Cobo, será la encargada de valorar la solicitud.
  • Plazo de deliberación en la comisión: Una vez recibida, la Comisión del Estatuto dispondrá de 30 días para analizar la solicitud. Durante este tiempo, Ábalos podrá presentar sus alegaciones, ya sea de forma presencial o por escrito.
  • Decisión del Pleno: Finalizado el trabajo de la comisión, la cuestión será trasladada al Pleno del Congreso, que se celebrará en la primera sesión ordinaria tras la resolución de la comisión. Dado el calendario parlamentario, este Pleno no se convocará hasta bien entrado febrero, después del parón navideño y el periodo inhabil de enero.
  • Comunicación al Supremo: Una vez que el Pleno adopte una decisión, la presidenta del Congreso tendrá un plazo máximo de ocho días para comunicar el resultado al Tribunal Supremo.
  • Plazo máximo de 60 días: Si la Cámara no se pronuncia en un plazo de 60 días naturales desde la recepción del suplicatorio, se entenderá denegado.

Con estos plazos en mente, Ábalos continuará con su inmunidad, al menos hasta mediados de febrero de 2024, fecha en la que se espera que el Congreso haya tomado una decisión sobre el suplicatorio. Si se concede, el Supremo podrá procesarlo, lo que podría culminar en medidas como su detención, dependiendo del avance del proceso judicial.