LEY DE LA EUTANASIA

La ley de la eutanasia entra en vigor: estos son los cambios con la nueva ley

La Ley Orgánica para la regulación de la eutanasia fue aprobada el pasado mes de marzo en el Congreso, a pesar del veto de PP y Vox. Conoce quién podrá solicitarla y qué cambios añade esta nueva norma.

ondacero.es

Madrid | 25.06.2021 06:04

La ley de la eutanasia entra en vigor: estos son los cambios con la nueva ley | EFE

La Ley Orgánica para la regulación de la Eutanasia, aprobada el pasado mes de marzo en el Congreso de los Diputados, entra en vigor en España este viernes, 25 de junio. La norma establece que esta práctica se podrá llevar a cabo a pacientes que los soliciten y que se encuentren en un contexto de "padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable".

Durante su tramitación en el Congreso y el Senado, tuvo que superar los vetos presentados por PP y Vox, aunque contaba con el apoyo mayoritario de los grupos parlamentarios. Precisamente, ambos partidos han presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional. "Hay determinados aspectos de esa ley que pueden ser inconstitucionales", explicó el portavoz nacional del PP y alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida.

El propio presidente del partido, Pablo Casado, dijo que han incorporado parte del texto de la ley de Cuidados Paliativos que ellos llevaron al Congreso y algunas aportaciones que les han dado desde los colectivos y asociaciones.

Desde Vox, además, solicitaban que se suspendiera de forma cautelar hasta que el Constitucional se pronunciara al respecto al considerar que supone "una derrota de la civilización" y la victoria de la cultura de la muerte. Sin embargo, el tribunal rechazó esta petición.

El Ministerio de Sanidad y las comunidades han acordado un protocolo médico para evaluar la situación de incapacidad de los pacientes que pidan la eutanasia a partir de hoy y trabajan en un 'Manual de buenas prácticas', en el que se recomendarán fármacos para que la ayuda a morir se preste de forma homogénea en todo el país.

España se convierte en el cuarto país de Europa y séptimo del mundo que despenaliza esta práctica después de Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Nueva Zelanda (entrará en vigor en noviembre) y Colombia, en este último por decisión del Tribunal Constitucional, pero sin que el Parlamento haya aprobado una ley que la regule.

¿Qué permitirá la nueva ley de eutanasia?

La ley de eutanasia permitirá a las personas mayores de edad que sufran "una enfermedad grave e incurable" o un "padecimiento grave, crónico e imposibilitante" que afecte a la autonomía y que genere un "sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable" solicitar la ayuda para morir.

¿Quién puede solicitar la eutanasia?

Puede tener acceso a ella todo aquel que tenga la nacionalidad española o residencia legal en España. También debe tener la mayoría de edad y ser capaz y consciente en todo momento de la solicitud, a su vez, esta puede ser retirada cuando el solicitante lo desee.

Además, el paciente debe tener toda la información médica sobre su proceso y conocer todas las alternativas a este. Tiene que haber rellenado dos formularios, con 15 días entre sí, de manera voluntaria dejando claro su consentimiento y el médico debe certificar que sufre una enfermedad grave e incurable o padecer una enfermedad grave, crónica e invalidante.

Regulación

A partir de la solicitud del paciente sobre su voluntad para que le ayuden a morir, el profesional, tendrá 10 días para decidir si seguir este proceso o no. Para regular esto, cada comunidad autónoma tendrá una Comisión de Evaluación y Seguimiento para un primer control y después se realizará un segundo revisando todo lo anterior.

Si el paciente sigue plenamente consciente, volverá a dar su consentimiento para que se lleve a cabo el trámite y el médico profesional a su cargo se quedará junto a él hasta el momento de su muerte, así como el resto de los profesionales sanitario, tratándose de eutanasia. Si, por el contrario, se trata de un suicidio asistido, el propio paciente será quien se administre la sustancia y estará en observación hasta el momento de su fallecimiento.

Si el propio paciente no está en condiciones de pedir la eutanasia debido a una discapacidad, pero ha podido dejar por escrito su deseo, el familiar que ejerce de representante legal podrá seguir todo el proceso anteriormente descrito.

Particularidades y excepciones

Como excepción, si el médico considera que no va a vivir el paciente lo suficiente para superar todo el proceso, se podría adelantar pero con un control posterior.

En ninguna circunstancia podrá hacer uso de la eutanasia un menor ni sus padres podrán pedirlo para este.

El proceso podrá realizarse tanto en un hospital como en un domicilio, pero no podrá ser en una residencia.

Por otro lado, la ley dictamina que los sanitarios tienen el "derecho individual a no atender aquellas demandas de actuación sanitaria reguladas en esta ley que resultan incompatibles con sus propias convicciones", sin embargo son las Comunidades Autónomas las que deben garantizar al paciente dicha prestación.