Una jueza de Ceuta rechaza suspender las repatriaciones de siete menores marroquíes
La jueza ha desestimado la medida solicitada por la fiscalía y por diversas ONG de acogida para parar la deportación de siete menores marroquíes
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Ceuta ha rechazado este domingo suspender las devoluciones de varios menores no acompañados a Marruecos porque su repatriación ya había sido ejecutada.
Desde que el pasado viernes dieran comienzo las repatriaciones tras el acuerdo entre España y Marruecos, tanto las ONG, como algunos partidos políticos han mostrado su rechazo a los mismos, algo que llevó al Defensor del Pueblo a pedir el cese de dichas repatriaciones y a la propia Fiscalía General del Estado y la Fiscalía de Menores de Ceuta a abrir una investigación al respecto.
Las repatriaciones fueron solicitadas por el Ministerio Fiscal así como por la Asociación Coordinadora de Barrios para el Seguimiento de Menores y Jóvenes.
El auto de la jueza
En el auto, la jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción manifiesta que los menores, bajo la tutela de la Ciudad Autónoma de Ceuta, “han sido repatriados en la fecha comunicada al Ministerio Fiscal, tanto la del día de hoy como las llevadas a cabo, al parecer en fechas anteriores”, de ahí que no pueda aplicarse el artículo 135 de la ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
"La finalidad de asegurar la efectividad de la sentencia que en su caso pueda recaer ha decaído, al haberse informado a este juzgado en funciones de guardia que se ha llevado a cabo la entrega de los menores a las 10:00 horas de esta mañana a través de la Frontera de El Tarajal", apunta en su escrito. La medida solicitada contaba con el respaldo de la Fiscalía, que en su informe apostó por parar las repatriaciones "hasta que constara el procedimiento y la resolución administrativa individualmente incoadas para proceder a la repatriación", según han precisado fuentes judiciales.
La jueza refiere en los razonamientos jurídicos de su resolución, en la que no entra al fondo de si Interior está o no acatando todos los requisitos legales para devolver a los menores a Marruecos, que "en el presente caso, como resulta de lo actuado, los menores que se hallaban bajo la tutela de la Ciudad Autónoma de Ceuta, quien tiene competencia en materia de protección, han sido repatriados con fundamento en lo estipulado en el Acuerdo entre el Reino de España y el de Marruecos de 2007, comunicada al Ministerio Fiscal, tanto la del día de hoy como las llevadas a cabo, al parecer, en fechas anteriores".
El escrito dirigido al Juzgado de Guardia reclamaba "suspender cualquier actuación material dirigida a repatriar a los menores demandantes a su país de origen, Marruecos, ordenando su inmediata liberación, y que queden bajo la protección de la Ciudad Autónoma de Ceuta".
Igualmente pedía que se requiriese "a la Policía Nacional, a la Delegación de Gobierno y al Servicio de Protección de Menores" para "que se abstengan de realizar ningún acto encaminado a la repatriación, devolución o entrega de los menores mientras se tramita el presente expediente de medida cautelosísima y se recaba informe del Ministerio Fiscal la suspensión del acto administrativo impugnado".