El juez Llarena estudia cómo juzgar a Puigdemont tras la reforma del Código Penal
La reforma del Código Penal que entra hoy en vigor modifica las penas de los condenados por el procés y de aquellos huidos por la Justicia española, como Carles Puigdemont.
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A partir de hoy, la sedición ya no es delito en España. La reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno con el apoyo de los independentistas de ERC sustituye este delito por uno de "desórdenes públicos agravados" y reduce algunas penas del delito de malversación.
Con la aplicación de la nueva ley, los juzgados de toda España se preparan para una avalancha de revisiones. Esto también obligará al Tribunal Supremo a revisar la sentencia que condenó a algunos de los líderes políticos que encabezaron el proceso independentista catalán de 2017.
Se elimina la sedición y se reducen las penas por malversación
Tras la aprobación de la reforma del Código Penal el pasado 22 de diciembre en una tramitación "exprés", el delito de sedición desaparece. Pasa a ser sustituido por uno de "desórdenes públicos agravados", reduciéndose la condena de 15 a 5 años de cárcel, y con 8 de inhabilitación.
Asimismo, se modifica el delito de malversación, que verá reducidas algunas penas en casos como cuando no se acredite un ánimo de lucro, donde se prevé un máximo de 4 años de cárcel.
La reforma provoca cambios para los huidos tras el procés
Al margen de los condenados, la reforma también traerá previsiblemente cambios para los huidos, con el expresidente catalán Carles Puigdemont a la cabeza.
El juez Pablo Llarena, instructor de la causa, tendrá que adaptar el auto de procesamiento de los políticos que se fugaron -Carles Puigdemont, Toni Comín, Clara Ponsatí, Lluís Puig y Marta Rovira- al nuevo Código Penal y, en consecuencia, dictar nuevas órdenes de detención contra ellos.
Llarena estudia cómo juzgar a Puigdemont en España
Llarena ya trabaja en un auto de la sentencia a Puigdemont para encajarla en el nuevo Código Penal. Cuando el Supremo condenó a los líderes independentistas por sedición en lugar de por rebelión, ya cambió el delito que figuraba en las Órdenes Europeas de Detención y Entrega.
Ahora está obligado a aplicar la nueva ley. Primero debe estudiar si los hechos encajan en el delito de "desórdenes públicos agravados", que ahora castiga con hasta 5 años lo que antes se consideraba sedición. De no encajar, quedaría la desobediencia -hasta 2 años de cárcel- y que no implica la entrada en prisión.
El juez también analizará si puede mantener el mismo tipo de malversación. El Tribuanl del procés hará lo propio con Junqueras y el resto de condenados, en este caso, para recalcular la inhabilitación, ya que la cárcel fue indultada.