CASO TSUNAMI

Los fiscales contradicen al ponente y quieren que el Supremo investigue a Puigdemont por terrorismo

La amplísima mayoría de miembros de la junta de fiscales de lo Penal del Tribunal Supremo aprecia indicios para que el Supremo asuma la causa de Tsunami, en contra del criterio expresado por el ponente Álvaro Redondo tras modificar su borrador inicial.

Eva Llamazares

Madrid |

El expresidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont. | EFE/ EFETV

La polémica ponencia del fiscal Álvaro Redondo, que modificó su primer borrador para elaborar un informe que descarta la existencia de un delito de terrorismo en el caso Tsunami, no ha obtenido el respaldo mayoritario de sus compañeros de sección.

Al contrario, según confirman fuentes jurídicas a Onda Cero, doce fiscales frente a tres consideran que hay terrorismo y once frente a cuatro estiman que hay indicios contra Carles Puigdemont y Rubén Wagensberg.

De esta forma, el sentido del informe fiscal que el Ministerio Público debería remitir al Supremo, órgano que tiene la última palabra, sería favorable a que se acepte la exposición razonada enviada por el juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón ante la aparición de indicios contra los aforados Puigdemont y Rubén Wagensberg, diputado de ERC en el Parlament.

Sin embargo, ante las discrepancias entre los dos jefes de sección -Fidel Cadena y Joaquín Sánchez Covisa-, se ha encargado la nueva ponencia a la teniente fiscal María de los Ángeles Sánchez Conde.

Sánchez Conde es la mano derecha del Fiscal General, Álvaro García Ortiz, lo que abre la posibilidad de que en aras de mantener un criterio unánime por parte de la Fiscalía, la nueva ponencia ignore el criterio mayoritario de esta junta e informe en contra de que el Supremo asuma la causa de Tsunami, tesis que mantiene el fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo.

El informe del fiscal Redondo

Redondo defendió en la reunión que los indicios contra Puigdemont eran escasos: "los indicios tenidos en cuenta por el instructor, en orden a elevar la exposición razonada, resultan demasiado abiertos para poderse afirmar que concurre la situación procesal que permitiría, razonablemente, que el Tribunal Supremo asumiera la competencia”, señalaba su informe.

Respecto a la posible existencia de un delito de terrorismo, el fiscal añadía que el encierro de controladores aéreos durante el bloqueo del aeropuerto de El Prat no puede ser considerado como una detención ilegal, delito que requiere una intencion específica de encerrar al perjudicado. A su juicio, sólo existía una delito de coacciones, insuficiente para adjudicar a los hechos un carácter terrorista.

Polémica por los dos escritos

La junta de fiscales de este martes ha venido precedida de una polvareda con escasos precedentes, ante las acusaciones de que el fiscal había podido cambiar de opinión después de una reunión con el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz. En dos notas de prensa simultáneas, García Ortiz negó “tajantemente” haber influido en la decisión del fiscal del Supremo, mientras que el propio Álvaro Redondo rechazó haber recibido “no ya una instrucción, sino siquiera una mínima sugerencia” sobre la ponencia del informe respecto a Tsunami Democrátic.

Redondo admitió la existencia de dos escritos, aunque defendió que el primero, redactado al día siguiente de recibir el encargo de la ponencia, era sólo un “borrador inicial, un documento de trabajo sin valor de documento procesal”. El fiscal del Supremo mantiene que el cambio se produjo después de un “estudio en profundidad” y que la ponencia que negaba la existencia de terrorismo en el caso Tsunami ya estaba redactada cuando visitó al Fiscal General.

Por su parte, Álvaro García Ortiz rechaza cualquier “insinuación que cuestione la profesionalidad y honorabilidad de los dos fiscales que, tanto en la Audiencia Nacional como en el Tribunal Supremo, han informado sobre esta causa”. Además, anuncia que va a requerir a los medios que hayan difundido estas informaciones para que rectifiquen “inmediatamente”, sin perjuicio de “ejercitar las acciones que resulten oportunas”.