La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, declara "inconstitucional", entre otros, la reducción de protección para la isla de Formentera y sus salinas, para la que la Ley establece un dominio público menor que en el resto de España, lo que le permitiría esquivar determinadas imposiciones de la norma.
El Constitucional considera que la reducción del dominio público marítimo-terrestre en Formentera no está lo suficientemente justificada para explicar por qué este territorio debe recibir un tratamiento diferente, por ejemplo, al resto de las Islas Baleares.
La sentencia tampoco admite que se excluyan del dominio público marítimo-terrestre las zonas "que sean inundadas artificial y controladamente, como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto", como el caso de las salinas.
Asimismo, anula una disposición de la Ley que legalizaba una depuradora considera ilegal por el Tribunal Supremo en la comunidad de Cantabria.
No obstante, este tribunal no ve inconstitucionales otras disposiciones de la ley consideradas como tales en el recurso presentado por los socialistas.
Entre otras, que la zona de servidumbre de protección costera pase de 100 a 20 metros en los núcleos urbanos, ni el nuevo régimen de actividades permitidas en las playas, ni la extensión a 75 años de las concesiones a las casas construidas legalmente en la costa antes de la entrada en vigor de la Ley de 1988.