ADMITE LA CUESTIÓN PLANTEADA POR EL SUPREMO

El TC examinará si el Gobierno vulneró el principio de igualdad al amnistiar el procés

El Pleno del Consitucional, por unanimidad, admite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Penal del Supremo y aprueba la abstención del magistrado Juan Carlos Campo.

Eva Llamazares

Madrid | 11.09.2024 12:54

Imagen de la sede del Tribunal Constitucional en Madrid | Europa Press

Ha sido un mero trámite pero la admisión de la cuestión planteada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo abre el relevante camino del examen constitucional de la Ley de la amnistía aprobada por el gobierno de Pedro Sánchez. Desde que este mediodía el TC ha completado esta formalidad, a los magistrados les queda por delante una larga y compleja senda en la que deberán desbrozar un texto que para diversos tribunales y gobiernos autonómicos vulnera principios constitucionales como la igualdad ante la ley o la seguridad jurídica.

Cuando el Tribunal Supremo analizó la aplicación de la Ley de la amnistía a Oriol Junqueras y el resto de dirigentes del procés condenados, no tuvo dudas de que el delito de malversación no entra en el perdón penal porque está entre las excepciones que incluye el texto al existir enriquecimiento personal y afectar seriamente a intereses económicos europeos. Es la misma tesis del magistrado instructor Pablo Llarena respecto a Carles Puigdemont y el resto de procesados fugados.

Sin embargo, el Supremo sí se ve concernido respecto al delito de desórdenes públicos agravados. Los magistrados consideran que la ley les obliga a aministiarlo pero tienen dudas de que hacerlo sea constitucional. Ésa es la razón de ser de la cuestión de inconstitucionalidad planteada ante el TC, que hoy ha sido admitida a trámite.

Se trata de una figura penal que permite a un tribunal no aplicar una ley si aprecia rasgos de inconstitucionalidad y, antes de actuar, preguntarle al máximo órgano de garantías constitucionales para que éste se pronuncie.

Además de otras dos cuestiones de inconstitucionalidad enviadas al TC por el TSJ de Cataluña, el registro del Alto Tribunal ha sellado una decena de recursos de inconstitucionalidad, la otra vía para someter la constitucionalidad de un texto al examen de los máximos garantes de la Carta Magna.

En las últimas horas han llegado al Constitucional los recursos de Extremadura o Valencia, que se suman a los ya recibidos del grupo parlamentario del PP en el Congreso y de diversas comunidades autónomas incluida Castilla la Mancha, gobernada por el socialista Emiliano García Page.

Son una decena de escritos que ponen en duda la constitucionalidad de diversos y muy distintos aspectos de la Ley y que obligará al TC a un examen exhaustivo del texto redactado por el Gobierno de Pedro Sánchez para el perdón y olvido penal de todos los delitos del procés.

Abstención de Campo

En el Pleno de este miércoles, el TC ha admitido a trámite por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que en concreto plantea dudas en relación al artículo 1 de la Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social de Cataluña.

El Tribunal Supremo señala que el citado precepto podría suponer una vulneración de los artículos 9.3, 14 y subsidiariamente, 117.3 de la Constitución Española. Se trata principalmente de preceptos relativos a los principios de igualdad y de seguridad jurídica.

El Pleno ha acordado comunicar la decisión a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para que, de conformidad con el artículo 35.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, permanezca suspendido el proceso hasta que se resuelva definitivamente la cuestión.

Además, y también por unanimidad, los magistrados han aprobado la abstención del magistrado Juan Carlos Campo para el conocimiento de este asunto.

Campo, ministro de Justicia del Gobierno de Sánchez, firmó los indultos a los líderes del procés en 2021. El hoy magistrado se apartará de todas las deliberaciones respecto a la amnistía por el pronunciamiento que ya expuso sobre la materia cuando en aquellos informes concluía que el indulto no hace desaparecer el delito, “a diferencia de la amnistía, claramente inconsittucional, que se reclama desde algunos sectores independentista.

El Pleno, que ha logrado la unanimidad en esta abstención, volverá a dividirse previsiblemente en bloques -progresista y conservador- cuando se discutan las recusaciones planteadas en los recursos del PP y de varias CCAA para que se aparten el presidente Cándido Conde Pumpido y la magistrada Laura Díez, de quienes creen que han perdido la apariencia de imparcialidad por su supuesta cercanía con el gobierno de Sánchez.

El Constitucional irá examinado cada petición de recusación a medida que entren en el orden del día aquellos recursos en los que se solicitan. La siguiente impugnación que examinará el TC es la planteada por el PP, que será incluida en el orden del día del 24 de septiembre.