ELECCIONES ANDALUCÍA 2022

Elecciones Andalucía 2022: ¿se puede cambiar el voto por correo?

El plazo para solicitar el voto por correo terminó el pasado día 9 y los electores que lo hayan solicitado podrán ejercerlo hasta el próximo viernes 17.

👉Requisitos para poder votar en las elecciones: ¿pueden votar los extranjeros?

👉CIS Elecciones Andalucía: El PP afianza su ventaja sobre la izquierda al lograr entre un 35,2% y 38,4% en intención de voto

ondacero.es

Madrid | 14.06.2022 10:13

Elecciones Andalucía 2022: ¿Se puede cambiar el voto por correo? | EFE

Las elecciones en Andalucía del próximo 19 de junio están ya a la vuelta de la esquina y son muchos los andaluces que aún se están replanteando su voto. También son muchos los andaluces que, por diferentes motivos, no podrán acudir presencialmente a votar al Colegio Electoral y han solicitado en los últimos días el voto por correo.

El plazo para solicitarlo terminó el pasado jueves, 9 de junio, y el domingo es el último día en que Correos enviará a los electores la documentación para que este deposite el voto antes del próximo viernes, 17 de junio. Correos informa de que después de dos intentos fallidos de entrega en el domicilio solicitado, se dejará un aviso de llegada para la recogida de la documentación en la oficina postal correspondiente.

Ampliado el plazo

Según informó el pasado viernes la Junta Electoral Central el plazo para depositar el voto por correo se ha ampliado hasta las 14:00 horas del día 17 de junio. Estaba previsto que finalizara dos días antes, el 15 de junio.

Las solicitudes, disparadas

Correos ha confirmado que las solicitudes de voto por correo para el 19J han aumentado un 98% con respecto a las elecciones de 2018. En total son 176.598 las solicitudes. La institución habla de que ya se han admitido casi 73.000 votos por correo.

Sevilla, con casi 50.000 es la provincia que más votos ha admitido, seguida de Málaga y Granada.

¿Tengo que ir a votar a la oficina de Correos?

No es necesario. Una vez entregada la documentación electoral se podrá entregar al cartero o cartera el sobre dirigido a la mesa electoral con el certificado de inscripción en el censo electoral y el de la votación, en el que incluirá la papeleta, a cambio de un justificante acreditativo del depósito del voto.

También podrá hacer lo propio en cualquier oficina postal de España. El envío será cursado como correo certificado urgente de carácter gratuito. Una vez depositado el voto por correo no se podrá cambiar.