El pasado mes de enero, el Ministerio de Trabajo cerró un acuerdo con los sindicatos sobre la subida del SMI para este 2025, cuyo incremento se queda en un 4,41%. Se trata del mismo escenario que se vivió el pasado año, cuando tampoco hubo consenso con la patronal.
El acuerdo supone un repunte de 50 euros mensuales por paga, lo que coloca el salario mínimo en 1.184 euros en 14 pagas, 700 euros más en la nómina anual.
Cabe recordar que el salario mínimo es el sueldo más bajo que una empresa puede pagar a un empleado, según fija la ley. Por tanto, este incremento solo se aplica a aquellos que reciben menos ingresos de lo estipulado, independientemente de si se tienen pagas extras o están prorrateadas.
No obstante, hay que tener en cuenta todos los conceptos o complementos que se pueden incluir en la nómina. Si un trabajador tiene un salario base inferior a los 1.184 euros, no significa que vaya a experimentar un incremento en 2025, puesto que tendrá que tener en cuenta todos los conceptos que se incluyen en la nómina.
Concretamente, los conceptos que no se incluyen en ese sueldo base y que sí son considerados como complementos extrasalariales que se pagan igualmente a final de mes.
Estos considerados 'extras' se añaden y se pactan en el contrato, por lo que suponen un 'incremento' en la nómina que propicia que el dinero líquido que perciba el trabajador sea, finalmente, superior al SMI.
Trabajo prevé que la subida del salario mínimo afectará a alrededor de dos millones y medio de trabajadores, que cobrarán esta subida con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2025, a falta de que se apruebe de manera oficial.