Estoy en paro: ¿estoy obligado a hacer la declaración de la Renta 2022?
La campaña para realizar la declaración de la Renta está a punto de empezar. Conoce aquí si las personas que están en paro tienen que presentar la declaración a Hacienda.
En tan solo 19 días, el próximo 11 de abril, arranca el plazo para presentar la Renta correspondiente al ejercicio del año 2022. Los contribuyentes tendrán hasta el próximo 30 de junio de 2023 para realizar sus ajustes con Hacienda.
Este 2023 se han incluido algunas novedades respecto a otros años. Por ejemplo, en el caso de tener más de un pagador, se aumenta de 14.000 euros a 15.000 euros la cantidad de ingresos máxima que te exime de hacer la declaración de la Renta, independientemente de la procedencia del pago.
En el caso de tener solo un pagador, están obligados a hacer la declaración las personas que obtuvieron unos ingresos en 2022 por encima de los 22.000 euros.
En cada campaña y dependiendo de las circunstancias, los ciudadanos tienen la obligación de tributar en función de sus ingresos, patrimonio, hijos, etc. Sin embargo, ¿qué es lo que ocurre si se está cobrando el paro?
¿Tengo que hacer la declaración de la Renta si cobro el paro?
La Ley 35/2006 sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas confirma que se considera "rendimiento del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas".
- Los sueldos y salarios.
- Las prestaciones por desempleo.
- Las remuneraciones en concepto de gastos de representación.
- Las dietas y asignaciones para gastos de viaje, exceptuando los de locomoción y los normales de manutención y estancia en establecimientos de hostelería.
- Las contribuciones o aportaciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones.
- Las contribuciones o aportaciones satisfechas por los empresarios para hacer frente a los compromisos por pensiones.
Esto supone que las personas que están en desempleo y se están beneficiando del paro sí tienen que presentar la declaración de la Renta. Aunque la ley también contempla una excepción, si el contribuyente recibe el dinero de la prestación por desempleo en un pago único siempre y cuando mantenga la actividad durante un mínimo de cinco años.