Pedro Sánchez ha anunciado una nueva subida del salario mínimo interprofesional en 2023. Lo ha hecho en el pleno del Senado, donde el presidente del Gobierno ha comunicado que se incrementa en un 8%, subiendo desde los 1.000 euros hasta los 1.080 euros mensuales.
Esta subida tendrá efecto retroactivo desde el 1 de enero y se situará en el 60% del salario medio en España, tal y como ha afirmado Sánchez. Hasta ahora, el SMI era de 1.000 euros brutos en 14 pagas.
El artículo 27 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores establece que el Gobierno fija el salario mínimo interprofesional teniendo en cuenta el índice de precios de consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general.
Además, este artículo afirma que la revisión del salario mínimo no afectará a "la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel".
Los trabajadores sin convenio colectivo se verán más beneficiados por la medida porque su regulación salarial se rige por el salario mínimo interprofesional. El salario total anual a percibir no puede ser inferior al salario mínimo.
Sin embargo, aunque un trabajador no vea su salario aumentado con el cambio, sí que podrá ser beneficiado de manera indirecta, ya que el salario mínimo tiene efectos sobre determinadas contingencias.
La subida del salario mínimo también afectará en el cobro de subsidios a los desempleados mayores de 45 años con cargas familiares, la prestación para mayores de 52 años o la paga extraordinaria por desempleado.
Además, la ley de Enjuiciamiento Civil explica que el salario mínimo es inembargable y esto aplica a las indemnizaciones del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).