¿Pueden exigirme en un establecimiento un gasto mínimo para pagar con tarjeta?
Cada día pagamos más con tarjeta y menos con dinero contante y sonante, pero aún hay establecimientos que exigen un importe mínimo para aceptar el 'pástico' como método de abono. ¿Es legal? ¿Nos pueden obligar a ello?
La crisis sanitaria provocada por la Covid ha modificado sustancialmente los hábitos de consumo. La venta online ha ganado terreno, pero también lo ha hecho el pago con tarjeta en los establecimientos comerciales y de hostelería.
Tanto que, según la consultora Nielsen, los pagos realizados con ‘plástico’ superaron por primera vez el pasado año a los efectuados en metálico, y la tendencia parce haber venido para quedarse. Un cierto miedo a tocar monedas y billetes, por si fueran transmisores de coronavirus, y la popularización de la tecnología contactless, que permite el abono con tarjeta o con el móvil sin tocar el datáfono, ha impulsado notablemente esta tendencia a la hora de entrar en un bar o hacer la compra en el súper.
Antes de la crisis sanitaria, en nuestro país se pagaba al contado el 61,2% de los bienes y servicios adquiridos. Ahora esta cifra ha bajado hasta el 45,5%. Por el contra, el uso de la tarjeta a la hora de pasar por caja ha pasado del 38,5 al 54,1%.
A pesar de ello, España permanece en el furgón de cola de las economías de la Unión Europea en cuanto al pago con ‘plástico’, sólo por delante de Malta. Según datos del Banco Central Europeo referidos a 2019, en nuestro país el 66% de los abonos se realizaron con papel moneda, frente al 48% de media de los países del entorno comunitario.
Importe mínimo con tarjeta de...
Cierto que cada vez es menos frecuente, pero aún se pueden ver en algunos establecimientos comerciales y de hostelería un cartel que dice “Importe mínimo con tarjeta, 5 euros… o 6, o 10”, lo que implica que si el cliente hace un gasto menor a la cantidad indicada deberá abonar lo consumido obligatoriamente con monedas y billetes contantes y sonantes.
Esto provoca en ciertas ocasiones discusiones más o menos acaloradas entre los que creen que es una práctica irregular y los que defienden que es totalmente legítima.
¿Por qué exigen un pago mínimo?
Las entidades bancarias cobran a los establecimientos la prestación del servicio de pago con tarjeta en cada operación que realizan, reteniendo un pequeño porcentaje del importe pagado por el cliente, reduciendo así el margen de beneficio del comerciante u hostelero.
Cada vez más son las tiendas o negocios de hostelería que asumen esa “pérdida”, ofreciendo así un servicio de pago más cómodo. Sin embargo, aún quedan pequeños negocios que, debido a sus bajos márgenes, a su reducida facturación o -simplemente- porque al dueño le da gana, fijan un pago mínimo con tarjeta.
¿Pueden exigirme pagar en metálico?
En primer lugar, hay que tener claro que no es obligatorio que las tiendas o bares tengan datáfono. Es una decisión que toma líbremente el propietario; si bien hay servicios en sí lo es, como es el caso de los taxis, que están obligados a tener la opción de pago con tarjeta.
Sabido esto, la legislación española contempla que un establecimiento sí puede exigir un gasto mínimo para poder cobrar con tarjeta de débito o crédito, si bien es imprescindible que esto esté claramente señalizado en un cartel a la vista de todos los clientes, en el que se indique cuál es el importe por debajo del cual es obligatorio abonar en metálico.
En cambio, en ningún caso en un establecimiento nos podrán cobrar suplemento alguno por la utilización del datáfono. Esta práctica es ilegal y puede ser denunciada en los servicios municipales o regionales de consumo e, incluso, ante los expendedores de las tarjetas bancarias (Visa, Master Card, American Express...).