¿Puede una tienda negarse a aceptar un billete de 100 o 200 euros? Esto dice la normativa
Muchos comercios incluyen carteles en los que se prohíbe pagar con billetes de alto valor, ¿Es una práctica legal? Te resolvemos la duda
Madrid |
El dinero en efectivo ha perdido protagonismo tras la implantación de nuevas tecnologías. El pago con tarjeta, el móvil o Bizum ha ganado terreno durante los últimos años, sin embargo el dinero en efectivo continúa teniendo un peso fundamental en España.
De hecho, el 57% de los consumidores sigue considerándolo su principal medio de pago en los establecimientos físicos y el 55% asegura utilizarlo diariamente.
Pero hay una excepción que viene impuesta por muchos comercios. Es habitual encontrar establecimientos que advierten mediante carteles de que no aceptan billetes de 100, 200 o incluso 500 euros. Pero, ¿puede realmente un comercio negarse a aceptar uno de estos billetes?
No pueden rechazar un billete grande simplemente por su valor
Los billetes y monedas denominados en euros son moneda de curso legal y, como regla general, deben ser aceptados como medio de pago. El Banco de España recuerda que las tiendas y restaurantes no pueden rechazar el efectivo salvo que previamente se haya acordado con el cliente otro medio de pago.
Por tanto, un establecimiento no puede negarse automáticamente a aceptar un billete simplemente porque sea de 100 o 200 euros.
OCU explica que colocar un cartel indicando que no se aceptan billetes de 200 o 500 euros no basta por sí solo para justificar el rechazo.
Cuándo sí pueden rechazarte el billete
Uno de los principales motivos es que el establecimiento no disponga de cambio suficiente.
No es lo mismo pagar una compra de 180 euros con un billete de 200 que pretender abonar un café de dos euros utilizando ese mismo billete.
El propio Banco de España recomienda utilizar billetes de un importe proporcionado respecto al precio de la compra y advierte de la posible negativa a aceptar un billete de alta denominación cuando se pretende utilizar para pagar una cantidad muy inferior.
OCU informa manejar una determinada cantidad de efectivo pueda generar un riesgo de seguridad para el establecimiento. En estos casos, el rechazo puede estar justificado.
El límite de 1.000 euros que hay que tener en cuenta
En España no pueden realizarse pagos en efectivo por importe igual o superior a 1.000 euros cuando alguna de las partes actúa como empresario o profesional. El límite tampoco puede sortearse dividiendo artificialmente la operación en varios pagos inferiores.
OCU recuerda que incumplir esta restricción puede dar lugar a una sanción equivalente al 25% del importe pagado en efectivo, pudiendo exigirse responsabilidades tanto a quien paga como a quien recibe el dinero.