Durante la reunión del último Consejo de Ministros antes de finalizar el año el Gobierno aprobó una reforma de la figura de la jubilación demorada a través de Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo. Esta modifica las condiciones y bonificaciones de la retribución.
Entidades financieras como el BBVA explican cuales son los principales cambios en la jubilación demorada. El primero de ellos es que a partir del segundo año de retraso en la jubilación, el incentivo por demora aumentará un 2% por cada período superior a seis meses e inferior a un año, sin necesidad de esperar 12 meses completos para generar un nuevo incremento. Además, se establece la compatibilidad entre la jubilación activa y el complemento por demora en todas sus modalidades (porcentaje adicional, capital único y mixto). Sin embargo, mientras la persona permanezca en jubilación activa, no se generarán nuevos aumentos en dicho complemento.
De esta manera el complemento por demora pasa a ser combinable con el acceso a la jubilación activa, pero continúa siendo incompatible con la jubilación parcial, con la jubilación flexible, y con los supuestos de acceso a la jubilación desde una situación asimilada al alta.
Cuando una persona acceda a la pensión de jubilación después de la edad legal establecida (65 años para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses y 66 años y 8 meses para el resto) y haya cumplido con el período mínimo de cotización de 15 años, tendrá derecho a un complemento económico. Este se otorgará por cada año completo cotizado durante el primer año de demora y por cada período de seis meses cotizados a partir del segundo año, contando desde el momento en que cumplió los requisitos para la jubilación.
Los incentivos por demora en la jubilación pueden ser de tres tipos, a elección del beneficiario:
Porcentaje adicional: Se otorga un 4% extra por cada año completo cotizado después de la edad legal de jubilación. A partir del segundo año, los periodos de más de seis meses e inferiores a un año generan un 2% adicional. Este porcentaje se suma al cálculo de la base reguladora para determinar la pensión.
Pago único: Se recibe una cantidad fija en función de la pensión y del tiempo cotizado, beneficiando especialmente a quienes hayan cotizado más de 44 años y 6 meses. En 2022, este incentivo oscilaba entre 4.786,27 y 12.060,12 euros anuales.
Incentivo mixto: Para quienes retrasen su jubilación entre 2 y 10 años, se combina un aumento del 2% en la pensión por cada año de demora con un pago único equivalente a la mitad del incentivo de pago único.