El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este martes que la práctica en España de convertir en indefinidos no fijos a los interinos que han encadenado contratos temporales con la administración no es una medida suficiente para sancionar dichos abusos porque "supone mantener una relación laboral temporal" y la situación de "precariedad" del trabajador.
supone mantener una relación laboral temporal
En concreto, la corte de Luxemburgo señala que el Derecho comunitario se opone a esta transformación de la relación laboral en indefinida no fija en el sentido de que "no constituye una medida adecuada para sancionar debidamente los abusos".
Además, los jueces europeos señalan que el pago de una indemnización al trabajador cuando finaliza la relación laboral, el régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas y la convocatoria de procesos selectivos para cubrir las plazas teniendo en cuenta la experiencia anterior del trabajador tampoco "parecen sancionar debidamente esta utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión".
El TJUE responde así a las preguntas formuladas por el Tribunal Supremo, que buscaba claridad por parte de la Justicia europea para dilucidar si era obligatorio para España convertir a los interinos en trabajadores fijos para subsanar una situación de abuso por el encadenamiento de contratos temporales.