Madrid |
Las empresas españolas deben cumplir con la normativa de registro horario fijada en el Real Decreto-ley 8/2019 si quieren evitar multas de hasta 20.000 euros.
Uno de los motivos por los que las empresas pueden ser gravemente sancionadas es por el uso de sistemas biométricos a la hora de fichar el horario. Desde finales de 2023 está prohibido emplear lahuella dactilar o el reconocimiento facial para estas funciones, puesto que se considera un tratamiento excesivo de datos personales.
De hecho, el incumplimiento de esta normativa podría llevar a la empresa a hacer frente a multas que varían según la gravedad:
Las empresas deben realizar el registro horario de sus trabajadores digitalmente de forma obligatoria de acuerdo con la nueva normativa. Asimismo, los datos del registro deben ser completos, directos, auténticos y conservados durante al menos cuatro años.
Esta normativa afecta a todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato o jornada que realicen en su tiempo de trabajo.