Complemento de maternidad en las pensiones: qué es y quiénes pueden solicitarlo
José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social, ha anunciado un nuevo complemento de maternidad en las pensiones en España para "reducir la brecha de género". Conoce aquí cuál es la cuantía de la ayuda y quiénes pueden solicitarla.
El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha anunciado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros una nueva medida que afecta al complemento de maternidad en las pensiones.
La ayuda, que supondría un coste de 700 millones de euros solo para este año, viene para "reducir la brecha de género": según Escrivá, este cambio dará acceso a este complemento a casi 30.000 mujeres más y elevará la pensión media en un 6 % y la mínima en un 8 % en el caso de haber tenido dos hijos.
A 31 de agosto de 2020, 319.896 mujeres cobraban el complemento de maternidad en sus pensiones de jubilación por unos 59,5 euros mensuales de media, según los datos de la Seguridad Social. Estos beneficiarios pasarán a ver actualizadas sus cuantías de acuerdo con el nuevo sistema.
Cuantía del complemento
Hasta ahora, el complemento de maternidad en las pensiones, aprobado por el Gobierno del PP en 2016, se hacía efectivo a partir del segundo hijo con un porcentaje adicional sobre la pensión que iba desde el 5 % más por dos hijos, al 10 % por tres y un 15 % por cuatro o más.
El ministro ha destacado que el nuevo complemento sumará una cuantía fija de "casi 400 euros anuales" en la pensión del beneficiario por cada hijo y desde el primero. Así, se introduce un nuevo diseño con "progresividad" en la medida. Además, ha recordado que la brecha de género en las pensiones -actualmente en el 30 %- es consecuencia de la caída de las percepciones que se produce en las mujeres después de la maternidad de su primer hijo.
Este nuevo diseño se aprueba después de que el Tribunal de Justicia de la UE considerase que el complemento vigente discrimina a los hombres.
Quiénes pueden solicitarlo
El derecho al complemento es para "aquel miembro" que acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento de los hijos, lo que elimina ese componente discriminatorio aunque siga favoreciendo más a las mujeres, ya que en el 98 % de casos irá a las mujeres, según estimaciones a partir de vidas laborales de la Seguridad Social.
Además, si ninguno de los dos miembros de la pareja puede acreditar el perjuicio, el derecho se reconoce a la madre o al progenitor con menor pensión si se trata de una pareja del mismo sexo.
Escrivá ha destacado que la brecha de genero en las pensiones se genera en los dos primeros años de la maternidad y luego se consolida. Así, la medida estará en vigor mientras la brecha de género de las pensiones de jubilación sea superior al 5 %, desde el 30 % actual.
Además, en esta reforma del complemento el Gobierno da entrada a las personas que se jubilaron de forma anticipada con carácter voluntario, que hasta ahora estaban excluidos, quedando fuera los que se acogieran a una jubilación parcial.
Por último, cabe destacar que este complemento no puede ser pedido por aquellas mujeres que hayan tenido acceso a la pensión antes del 1 de enero de 2016.