Estos son los requisitos para que la Seguridad Social te conceda 5 años de cotización adicional
Los años cotizados y la edad de jubilación son algunos de los factores que más preocupan a los españoles a la hora de hablar sobre su vida laboral
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Gracias a un convenio especial lanzado por la Seguridad Social, los españoles ahora pueden acceder a hasta cinco años de cotización adicional en un contexto en el que la jubilación es uno de los asuntos que más preocupan.
Factores como la edad de jubilación o no contar con suficientes años cotizados son los que alimentan esta preocupación en los españoles, algo que se ha visto afectado, positivamente en cierta medida, por la puesta en marcha de este convenio.
Se trata de una medida que busca la cotización de los períodos de practicas formativas y prácticas académicas externas, según lo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Así, la Seguridad Social ha establecido un convenio por el que se podrán beneficiar trabajadores que hayan completado sus estudios universitarios, de formación profesional, de enseñanzas artísticas superiores, profesionales y deportivas.
Hasta cinco años de cotización adicional
El convenio impulsado por la Seguridad Social permite que se les posibilite el cómputo de la cotización por los periodos de formación o realización de prácticas no laborales y académicas hasta un máximo de cinco años. Así lo expone el BOE, un beneficio regulado por la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril.
Para poder acogerse a esta medida, en el caso de las prácticas no remuneradas, estas se habrán tenido que producir antes del 1 de enero de 2024. En el caso de las prácticas remuneradas, se habrán tenido que ejercer antes del 1 de noviembre de 2011.
Requisitos
La Seguridad Social pide a los trabajadores que quieran beneficiarse del convenio que cumplan las siguientes exigencias:
- El solicitante debe acreditar que ha realizado las prácticas formativas o externas de la titulación correspondiente. Lo hará mediante certificación expedida por la universidad, centro educativo o en su defecto las empresas o entidades donde se han efectuado las prácticas.
- El trabajador debe suscribirse al convenio especial en un plazo de dos años desde que entró en vigor la orden. Lo hará a través del registro electrónico de las entidades gestoras de la Seguridad Social. El solicitante tendrá que aportar la documentación acreditativa de las prácticas, el periodo de duración y la solicitud de suscripción al convenio especial.