RENTA 2021

Declaración Renta 2021: ¿Cómo pueden los mayores de 65 años estar exentos de pagar el IRPF?

Hay diferentes rentas que están exentas del impuesto de IRPF de forma específica para los mayores de 65 años.

ondacero.es

Madrid | 08.04.2022 06:05

Declaración Renta 2021: ¿Cómo pueden los mayores de 65 años estar exentos de pagar el IRPF? | AGENCIA EFE

Este miércoles 6 de abril ha arrancado la campaña de la Renta 2021 que acaba el jueves 30 de junio, fecha límite que tienen los contribuyentes para rendir cuentas ante la Agencia Tributaria. Los mayores de 65 años pueden sacar el máximo provecho en su declaración pero para ello deben conocer a fondo las claves, deducciones y rentas que quedan exentas de IRPF.

Por lo general, las pensiones se consideran rendimientos del trabajo por lo que hay que tributar por este impuesto. De este modo, en la Renta 2021 están obligados a declarar aquellos contribuyentes de rentas superiores a 22.000 euros cuando exista un solo pagador, que sería el caso de los pensionistas cuya única fuente de ingresos sea una prestación por importe superior a esa cifra.

Si por el contrario los ingresos son inferiores a 22.000 euros, no están obligados a declarar. Aunque en el caso de que la persona tenga dos o más pagadores, solo debe tributar a partir de los 14.000 euros brutos anuales.

Independientemente de los límites impuestos por Hacienda para declarar, existen diferentes rentas que no tributan al IRPF, como las indemnizaciones por despido o cese del trabajador con un límite de 180.000 euros, las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas y las prestaciones públicas por nacimiento o adopción de hijos, entre muchas otras. Estas exenciones se aplican de forma específica en los mayores de 65 años.

Estas son las rentas exentas para los mayores de 65 años

Prestaciones para la financiación de residencias

Quedan exentas del IRPF las cantidades recibidas desde instituciones públicas por acoger a menores, personas con discapacidad o mayores de 65 años. Asimismo, las ayudas económicas otorgadas por las instituciones públicas a personas mayores de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 65% para pagar su estancia en residencias, siempre que el resto de sus rentas no excedan el doble del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.

Transmisión de la vivienda habitual

Por lo general, la venta de la vivienda habitual está exenta del impuesto IRPF si todo lo que han recibido se reinvierte en la compra de una nueva vivienda en el plazo de dos años. Sin embargo, para los mayores de 65 años las ganancias obtenidas por la transmisión de su vivienda habitual no están sujetas a impuestos aunque no se reinviertan.

Renta vitalicia y nuda propiedad

Si en lugar de la vivienda habitual, lo que se transmite es otro elemento patrimonial, tampoco tributará por la ganancia obtenida, siempre y cuando el importe total se destine a contratar una renta vitalicia asegurada en un plazo de 6 meses. El límite es de 240.000 euros anuales.

La exención también se aplica a la transmisión de la nuda propiedad de la vivienda por su titular mayor de 65 años, reservándose éste el usufructo vitalicio de dicha vivienda. Si bien los mayores de 65 años que vendan la nuda propiedad de su vivienda habitual no tienen que pagar el IRPF, sí tienen que tributar por el impuesto de plusvalía municipal.

Hipoteca inversa

La hipoteca inversa es un tipo de préstamo hipotecario por lo que, al ser un préstamo, estos ingresos mensuales adicionales no tributan. Las cantidades que se reciben como consecuencia de las disposiciones que se hagan de la vivienda habitual por las personas mayores de 65 años o en situación de dependencia severa o gran dependencia, quedan exentas de IRPF.

Esto es así siempre que se lleve a cabo de conformidad con la regulación financiera relativa a los actos de disposición de bienes para asistir a las necesidades económicas de vejez y de dependencia. La hipoteca inversa sólo puede ser concedida por las entidades de crédito y por las entidades aseguradoras autorizadas para operar en España.