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Cuánto dinero se puede tener en casa: esto dice la ley en 2024

Guardar dinero en efectivo en casa es una práctica común, pero ¿Existe límite?

ondacero.es

Madrid | 30.09.2024 16:50

Cuánto dinero se puede tener en casa: esto dice la ley en 2024 | Pexels

Tener el dinero debajo del colchón. Esta expresión tan manida está asociada a la práctica de acumular dinero en efectivo en nuestra casa. Algunas personas lo hacen de manera literal, otras eligen otras zonas del domicilio, eso ya a gusto de cada uno. Los expertos señalan que no es del todo conveniente, ya que existe el riesgo, sobre todo si es en grandes cantidades, que ese dinero pierda valor con el paso del tiempo.

Por eso, muchas personas se preguntan si existe una cantidad límite para tener almacenada en casa. Ese dinero en efectivo nos vale para hacer frente a emergencias y poder responder rápidamente a pagos de última hora. El problema es que el dinero en efectivo está asociado a la economía sumergida y disponer de grandes cantidades puede hacer que Hacienda sospeche de su origen.

¿Hay cantidad máxima?

Tener dinero 'bajo el colchón' en nuestras casas es una práctica completamente legal y no existe cantidad límite. Sin embargo, es importante determinar la procedencia del mismo, es decir, declarar su origen de la forma correcta.

El método es mediante la declaración de la Renta. Para ello, el montante en efectivo debe quedar reflejado en los ingresos. Asimismo, se debe indicar el origen de ese dinero: ya sea en rendimientos del trabajo, de capital mobiliario, de capital inmobiliario, ganancias patrimoniales, etc.

Recomendación del Banco de España

El Banco de España recomienda guardar el dinero en una cuenta bancaria y advierte de los diferentes peligros e inconvenientes que puede tener guardar dinero en efectivo en casa. Ser víctima de un robo, por ejemplo, o el riesgo de sufrir algún desastre natural, como incendios o inundaciones, podrían suponer un problema, aún mayor, que afectara a nuestros ahorros si tenemos grandes cantidades de dinero en efectivo en casa.

Las entidades bancarias tienen la obligación de facilitar a Hacienda "toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas".