PRECIO ALIMENTOS

Cuándo entra en vigor la bajada del IVA de los alimentos

Antonio J. Mora | EFE

Madrid | 28.12.2022 11:52

Varios alimentos en una imagen de archivo. | Unsplash

El Gobierno aprobó en Consejo de Ministros una nueva batería de medidas para frenar el aumento en el precio de los alimentos, que se ha ido incrementando de manera escalonada durante los últimos meses. Las cifras crecieron solo en noviembre un 15,3% en tasa interanual.

Entre estas propuestas se encuentra la rebaja del IVA para determinados alimentos y aligerar así el coste de la cesta de la compra para la ciudadanía. La bajada del tipo afecta a los productos de primera necesidad, que se quedan sin el IVA superreducido al pasar su tipo del 4% al 0%.

Por otro lado, el aceite y la pasta pasarán a tener un IVA del 10% al 5%, con una reducción de cinco puntos. El resto de productos, como las bebidas azucaradas o alcohólicas, seguirán con el tipo general del 21%.

Cabe recordar que estos son los alimentos de primera necesidad que no tendrán IVA:

  • Leche
  • Huevos
  • Pan
  • Queso
  • Huevos
  • Frutas
  • Verduras
  • Legumbres
  • Cereales
  • Patatas
  • Hortalizas
  • Harinas panificables

¿Cuándo comenzará la bajada del IVA en los alimentos?

La rebaja del IVA en alimentos se comenzará a ver a partir del 1 de enero de 2023 y tendrá un carácter temporal, puesto que Pedro Sánchez anunció que tendría vigor durante el primer semestre del próximo año. No obstante, existe la posibilidad de que se prorrogue dicha rebaja y también de que vuelva al 4% el 1 de mayo de 2023, en función de la evolución de la inflación subyacente.

En este sentido, el decreto ley establece que el IVA volvería al 4% a partir de mayo de 2023 si la tasa interanual de la inflación subyacente de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5%. Este es el mismo caso para el aceite y la pasta,, cuyo tipo regresaría al 10% en mayo si se produce este mismo escenario.

La norma detalla que la reducción del tipo impositivo beneficiará de manera íntegra al consumidor, sin que el importe de dicha reducción pueda dedicarse "total o parcialmente a incrementar el margen de beneficio empresarial con el consiguiente aumento de los precios".

Para ello, el Gobierno ha confirmado que verificará mediante un "sistema de seguimiento de la evolución de los precios" que esta rebaja se produce de manera correcta, independientemente de las actuaciones correspondientes a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en el ámbito de sus competencias".

Impuesto de la electricidad y energía

El BOE también afirma que la bajada del IVA de la electricidad y del impuesto especial sobre la energía eléctrica, además de la suspensión temporal del Impuesto sobe el valor de la producción de la energía eléctrica, seguirán durante todo el próximo año.