AYUDA ALIMENTACIÓN

Cuándo se empieza a cobrar la ayuda de 200 euros en 2023

El cheque de 200 euros para familias vulnerables se comienza a cobrar este año. Conoce aquí los plazos y los requisitos para percibir la ayuda.

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A.M.

Madrid | 13.01.2023 13:35

Fotografía de archivo de varios billetes de euro. | Pexels

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el pasado mes de diciembre la creación de una ayuda de 200 euros para alimentos destinada a las unidades familiares con rentas anuales inferiores a 27.000 euros y que no superen un patrimonio de 75.000 euros.

El objetivo de dicha medida es "paliar el efecto perjudicial en los precios ocasionado principalmente por la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania", según afirmó el Gobierno, que también detalló los requisitos para beneficiarse de la misma:

  • Haber realizado en 2022 una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social o mutualidad.
  • Haber sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
  • Ser residente habitual en España.

¿Cuándo se empieza a cobrar la ayuda de 200 euros?

La nueva ayuda de 200 euros se puede solicitar a través de este enlace de la página web de la Agencia Tributaria desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023. Cabe recordar que hay que rellenar un sencillo formulario al que se puede acceder en el enlace citado anteriormente.

Por otro lado, la cuantía se recibirá en un único pago mediante transferencia bancaria desde el momento en el que comience a funcionar.

¿Se debe gastar el cheque en alimentación?

No es necesario gastar el cheque en la compra de alimentos, puesto que el Ejecutivo ha asegurado que no podría controlar el gasto de cada familia, por lo que queda como de "libre disposición" pese a que su objetivo inicial es el de ayudar a las unidades familiares en el ámbito de la alimentación por el incremento de los precios.

¿Se puede solicitar la ayuda si ya se percibe el Ingreso Mínimo Vital?

Según afirma el decreto ley que regula dicha ayuda, no tendrán derecho a la misma quienes, a 31 de diciembre de 2022, perciban el Ingreso Mínimo Vital o las pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes Especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como tampoco las personas que fuesen administradoras de derecho de una sociedad mercantil.